​CGE no firmará convenio que condona deudas por servicio de electricidad

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CGE

Compañía General de Electricidad S.A. (CGE), informó como hecho esencial que su Directorio ha decidido no autorizar la firma del convenio emanado de la Ley 21.423, que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios de agua potable y electricidad generados durante la pandemia COVID-19, y establece subsidios a clientes vulnerables.

La norma, acotó la empresa, considera la extinción de una parte significativa de las deudas contraídas con las empresas de distribución de electricidad por parte de los usuarios individualizados en su artículo 1°, devengadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, luego de pagadas las 48 cuotas mensuales iniciales con cargo al subsidio establecido en esa misma ley, mediante convenios celebrados por el Ministerio de Energía, los que deberán ser aprobados por el correspondiente acto administrativo.

CGE apuntó que “el monto de las deudas contempladas en dicha ley y no cubiertos por el subsidio y sus costos asociados, se han estimado, en forma preliminar, en setenta millones de dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, aproximadamente.”

Por lo pronto, la sociedad consignó que “continúa analizando los efectos materiales provenientes de la aplicación de la ley señalada, estando pendiente a esta fecha la dictación del Decreto Supremo que regulará la entrega de dicho subsidio e implementación de la ley indicada.” A su vez, comunicó que está estudiando “las alternativas destinadas a evitar la aplicación de esa ley en aquella parte que la priva y dispone de una proporción relevante de los créditos devengados durante el periodo referido por la prestación y venta de energía eléctrica a sus clientes finales o bien, en su caso, obtener la debida compensación de los perjuicios provenientes de la aplicación de la misma."

europapress