Fondos de AFP: retiros alcanzan los US$ 34.890 millones y se ha pagado el 71,8% de las liquidaciones por deudas de alimentos

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Hasta el pasado viernes 19 de febrero, las administradoras de fondos de pensiones (AFP) habían desembolsado un total de US$ 34.890 millones en el pago de ahorros previsionales solicitados en los procesos de retiro excepcional de fondos 1 y 2.

De acuerdo con los datos reportados a la Superintendencia de Pensiones, por el primer retiro se han movilizado US$ 20.117 millones, con un monto promedio pagado por persona de $ 1.384.918. En este proceso, un universo de 10.344.284 personas ya han recibido el pago de sus ahorros solicitados.

Por el segundo retiro, en tanto, se ha pagado un total de US$ 14.773 millones, con un monto promedio de $ 1.465.369 por persona. Quienes ya han recibido sus recursos en este caso son 7.178.781 personas.

Respecto de la situación de fondos retenidos por deudas de pensión de alimentos, hasta este 22 de febrero de 2021 las administradoras habían recibido desde los tribunales de familia 221.600 liquidaciones de pago. De éstas, 159.206 liquidaciones, un 71,8% del total, ya se encuentran completamente pagadas.

A la fecha, por este concepto las administradoras han movilizado US$ 253,8 millones, con un monto promedio por liquidación judicial de $ 1.127.648.

La Ley N° 21.295 que autorizó el segundo retiro de fondos también contempla la posibilidad de que las y los demandantes de pensión de alimentos pidan a los tribunales de familia que les autoricen a presentar directamente la solicitud de retiro de fondos desde las cuentas de

los afiliados demandados. Esta autorización se denomina subrogación y se solicita sólo en tribunales, es autorizada por éstos y no por las administradoras de fondos de pensiones.


¿Qué es la subrogación?

El pago por subrogación es un derecho que la ley otorga a la o el demandante de pensión de alimentos para que realice directamente la solicitud de retiro de fondos previsionales desde la cuenta de capitalización individual obligatoria del demandado. El o la demandante pueden solicitar a través de la subrogación el monto de los retiros 1 y 2 autorizados y hasta el pago de la totalidad de la deuda de alimentos.


¿Dónde se solicita?

Es una gestión judicial que se debe realizar ante el tribunal de familia en que se tramita la causa de pensión de alimentos. Dicho tribunal deberá emitir una resolución autorizando el pago por subrogación, liquidando la deuda alimenticia y los datos de cuentas de la o el demandante de alimentos, para luego notificar a la AFP y que ésta proceda al pago.


¿Cuál es el plazo de pago?

La administradora tiene como plazo para pagar los fondos retenidos por deudas alimentarias los siguientes 10 días hábiles desde que vence el plazo que tiene el demandado para oponerse a la liquidación dispuesta por el tribunal o bien, si ha existido oposición, desde que la resolución que se pronuncia sobre el tema se encuentre firme y ejecutoriada.

europapress