El 31 de diciembre pasado, Liberty Mutual Surety Seguros Chile S.A. ("la sociedad") comunicó que HDI Seguros S.A. (HDI) y la sociedad ("las partes”), celebraron un Contrato de Promesa de Cesión de Cartera en virtud del cual, HDI prometió vender, ceder y transferir a la sociedad, quien prometió comprar, aceptar y adquirir para sí, parte del negocio de seguros de garantía de HDI compuesto por una cartera de pólizas de seguro de garantía y sus respectivas contrafianzas accesorias y asociadas a las mismas, todo lo anterior, sujeto al cumplimiento de las exigencias establecidas en la Circular N° 925 de la CMF.
Luego, por Resolución Exenta N° 4155, de fecha 17 de abril de 2026, la CMF autorizó la cesión de cartera de la Parte del Negocio de Seguro de Garantía por parte de HDI a la sociedad.
Habiéndose cumplido los términos y condiciones acordadas por las partes en el Contrato de Promesa, la sociedad informó el viernes pasado que mediante escritura pública de fecha 1 de julio pasado, se celebró el contrato de cesión de cartera definitivo (Contrato de Cesión). El precio y demás condiciones del Contrato fueron determinados conforme a lo establecido en el mismo para tal efecto, y pagado con igual fecha.
Conforme a lo indicado en el Contrato, la cesión del Negocio de Seguros de Garantía produciría todos sus efectos a partir de las 00:00 horas del 1 de julio último. A partir de la fecha, HDI dejó de tener toda y cualquier responsabilidad por todos y cada uno de los riesgos cubiertos bajo las pólizas de seguro de garantía y sus correspondientes contrafianzas, traspasadas a la sociedad, asumiendo esta última los riesgos cubiertos y las obligaciones asociadas a los mismos.
Liberty Mutual Surety Seguros Chile apuntó que dentro del plazo de 10 días contado desde el 1 de julio pasadp, se remitirá a la CMF copia del Contrato de Cesión y de los documentos que se protocolizaron con su otorgamiento.