Sigue la paradoja de las contribuciones

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El proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social, que prontamente será debatido en el Senado, contiene una disposición que concede la exención del pago de contribuciones a las personas mayores de 65 años respecto de su vivienda principal. Con ello, evidentemente, se busca acoger las demandas que durante el año pasado pusieron de manifiesto las dificultades que muchos adultos mayores enfrentan para pagar este tributo patrimonial, y que ya he comentado profusamente en otras columnas.


En efecto, esta contribución se paga por el solo hecho de poseer un bien raíz, sin consideración directa a la capacidad económica del contribuyente, afectando toda la existencia del inmueble. Su aplicación ha sido cuestionada porque genera serias complicaciones a quienes no pueden solventar esta obligación debido a que sus pensiones son bajas o, derechamente, inexistentes. El año pasado se hicieron públicas distintas situaciones y, lo más dramático, se difundieron remates de viviendas pertenecientes a personas que no pudieron cumplir sus obligaciones tributarias, perdiendo así el fruto del trabajo de toda una vida laboral activa.


En este contexto, surgió la voz del exministro y expresidente del Banco Central, José De Gregorio, quien planteó como solución que los adultos mayores que ya no tienen hijos viviendo con ellos, y que no requieren una vivienda tan amplia, se trasladen a otra más pequeña y ajustada a sus magros ingresos.


Así, el proyecto materializa una promesa de campaña, aunque también ha generado preocupación en diversos sectores, especialmente entre alcaldes de comunas menos pudientes, como también en algunos estudios académicos que han advertido que por cada peso que dejen de pagar los contribuyentes se produciría un déficit hasta ocho veces mayor para las municipalidades.


Algunas réplicas a esa realidad —científicamente estimada sobre una muestra de 300 de los 345 municipios del país— han señalado que quienes dejarán de pagar contribuciones no corresponden necesariamente a sectores necesitados y que, por tanto, no se verían afectados por una eventual disminución de prestaciones municipales, puesto que no recurren a los CESFAM ni tienen a sus nietos en establecimientos municipalizados.


Sin embargo, ese análisis parece insuficiente. Aunque la reducción presupuestaria pudiera no afectar directamente a estos contribuyentes, sí impactará inevitablemente a otras personas que dependen de la ayuda social que entregan los municipios.


Por otro lado, quienes se beneficiarán de esta exención perfectamente podrían formar parte de lo que se ha denominado “pobreza oculta”: personas que, pese a mantener una apariencia externa de estabilidad económica, sobreviven únicamente gracias a una pensión o a ingresos menores, destinando gran parte de ellos a solventar gastos médicos derivados de su estado de salud.


También conviene recordar que las contribuciones de bienes raíces, aunque cumplen un relevante fin social —considerando que las municipalidades constituyen el nivel más próximo de atención social que el Estado entrega a los ciudadanos—, recaen sobre bienes que muchas veces fueron financiados mediante créditos hipotecarios de largo plazo y adquiridos con ingresos que ya soportaron tributación, sea a través del Impuesto Único al Trabajo o del Impuesto Global Complementario. En términos prácticos, ello implica gravar nuevamente bienes que ya fueron adquiridos con rentas previamente tributadas.


Finalmente, creo sinceramente que los municipios deberán ajustar sus presupuestos, aunque no necesariamente en el ámbito del gasto social. El Informe de Información Circularizada (CIC) N.º 2, publicado en abril recién pasado por la Contraloría General de la República, informó que revisó los 345 municipios del país —no una muestra, sino la totalidad— y detectó que durante los años 2024 y 2025 muchos de ellos gastaron más en fiestas, celebraciones y actividades de esparcimiento que en ayuda social directa. Dicho gasto bordeó los 31 mil millones de pesos. Si bien esa cifra representa solo una parte de la merma proyectada, constituye igualmente una fuente relevante de recursos cuya reducción podría efectuarse sin afectar las prestaciones sociales que reciben las personas más vulnerables.


De esta manera, la ayuda que se otorgará a sectores de la clase media constituirá, por fin, un beneficio dirigido a un segmento de la sociedad que habitualmente observa desde la distancia las ayudas estatales generalizadas que se conceden a otros grupos.


Prof. Germán R. Pinto Perry

Director Programas de Especialización Tributaria

Centro de Investigación y Estudios Tributarios NRC

Universidad de Santiago

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