FNE pide al TDLC ajustar estatutos y bases de licitación de sistema de gestión colectivo de aceites lubricantes usados para resguardar la libre competencia

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240326 Audiencia Sigalu REP

(www.fne.gob.cl)


La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que ordene modificar los estatutos y modelos de bases de licitación del sistema de gestión colectivo de aceites lubricantes usados (Sigalu), constituido por Copec, Enex, Esmax, Liqui Moly, Luval, TotalEnergies e YPF, para que cumplan con los estándares establecidos para resguardar la libre competencia.


En un informe presentado ante el TDLC la Fiscalía advirtió la existencia de diversos riesgos para la libre competencia, los cuales se verían acrecentados por la alta probabilidad de que Sigalu sea el único sistema de gestión disponible para los productores de aceites lubricantes recuperables del país.


En la audiencia realizada ayer ante el TDLC la abogada de la División Antimonopolios de la FNE Gabriela Pereira, señaló que sólo 15 de las 22 recomendaciones efectuadas por la Fiscalía sobre los estatutos, fueron acogidas íntegramente, 5 fueron acogidas parcialmente y 2 no fueron consideradas por las solicitantes. Agregó que la FNE también formuló 29 recomendaciones sobre las bases de licitación, de las cuales 22 fueron acogidas en su totalidad y 7 sólo parcialmente.


En la audiencia, la representante de la FNE expuso los riesgos derivados de la forma en que Sigalu distribuye los derechos políticos de los socios del sistema, pues otorga una influencia determinante en las decisiones de las asambleas generales tanto ordinarias como extraordinarias a los socios fundadores, que representan en conjunto más de 70% de los aceites lubricantes recuperables introducidos al mercado.


Ante esta situación, la FNE solicitó al TDLC establecer un sistema en que los votos de los socios de una misma categoría tengan igual valor, garantizando así la participación equitativa de todos los asociados y su posibilidad de autoselección al interior del sistema.


Adicionalmente, la FNE recomendó al TDLC ampliar los períodos de inhabilidad para cargos directivos de 3 a 6 meses y establecer que las auditorías externas en libre competencia tengan una periodicidad anual.


Estas recomendaciones promueven el estricto apego de los estatutos tanto a los principios fundantes de la Ley N°20.920 de Responsabilidad Extendida del Productor (Ley REP) como a lineamientos establecidos por el TDLC y por la Corte Suprema para asegurar el debido resguardo de la libre competencia en el funcionamiento de los sistemas de gestión.


europapress