(www.contraloria.cl)
Una revisión a las contrataciones de la Municipalidad de La Reina reveló que un funcionario cumplÃa funciones de manera simultánea como jefe de gabinete del municipio y como secretario ejecutivo del directorio de la Corporación de Desarrollo de la misma comuna. Asimismo, en ese marco investigativo, se expuso que, al momento de llegar a la corporación como asesor legal y encargado de redes sociales, no contaba con los requisitos solicitados para postular al cargo.
Asà da cuenta el informe final N° 432/2025 de la CGR, que revela también que fue el mismo funcionario quien, en su declaración ante ContralorÃa en julio del año pasado, advirtió la existencia de una falta de control respecto de las funciones que desempeñaba tanto en la municipalidad como en la corporación, señalando que las labores se realizaban por cumplimiento de tareas, sin que fuera posible identificar cuántas horas se asocian a la corporación y cuántas horas se asocian a la municipalidad.
Ante esto, la CGR instruyó a la Municipalidad de La Reina diseñar una herramienta que le permita diferenciar el desempeño de sus labores en su rol de jefe de gabinete de aquellas que realiza como secretario ejecutivo del directorio de la Corporación. Esto debe ser informado documentadamente a esta ContralorÃa General, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 dÃas hábiles, contado desde la recepción del presente informe final.
También comprobó que, al momento de comenzar a trabajar en la corporación como asesor legal y encargado de redes sociales, esta persona no cumplÃa con el requisito de poseer estudios completos de educación superior, puesto que el documento de concentración de notas de asignaturas aprobadas exponÃa que sus últimas asignaturas cursadas fueron en 2016, habiendo cursado solo dos años de la carrera de Derecho.
En ese contexto, la corporación deberá establecer una herramienta que permita acreditar documentadamente el cumplimiento de los requisitos de entrada y la validación de las competencias del trabajador, que incluya las certificaciones formales cuando corresponda, lo que deberá ser informado a esta ContralorÃa General, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo CGR, en el plazo de 60 dÃas hábiles, contado desde la recepción del presente informe final.