Unión Inmobiliaria S.A., dueña de los activos del Club de la Unión, en Santiago, consignó ayer, en calidad de hecho esencial, que como se informara los días 27 de noviembre, 1 y 18 de diciembre del año 2025, el 21° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-13784-2025, dictó resolución el 28 de noviembre de 2025, invalidando de oficio con ocasión de un “mejor estudio de los antecedentes”, la resolución de 26 de noviembre que acogía la solicitud de esta sociedad de someterse a un procedimiento concursal de Reorganización Judicial, decretando en el mismo acto, la liquidación (quiebra) de la sociedad.
En ese sentido, y como ya fuera informado anteriormente, la sociedad dedujo un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Excelentísimo Tribunal Constitucional (Rol 17170-25-INA). Dicho requerimiento fue admitido a tramitación con fecha 17 de diciembre de 2025, y declarado admisible con fecha de ayer, en la cual se tuvo por mantener la suspensión de la causa seguida ante el 21° Juzgado Civil de Santiago, y se hizo extensiva al proceso radicado en la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol Civil-21558-2025.
"La administración de Unión Inmobiliaria seguirá ejerciendo todas las acciones legales pertinentes que tiene a su disposición para revertir el escenario actual, procurando siempre cautelar el patrimonio social y el interés de sus accionistas. La Sociedad continuará informando al mercado sobre los avances y resultados al respecto", comunicó la compañía en el escrito dirigido a la CMF.
Cabe recordar que el 21° Juzgado Civil de Santiago dictó resolución el 26 de noviembre pasado acogiendo la solicitud de la sociedad para someterse a un procedimiento concursal de reorganización judicial. No obstante, con fecha 28 de noviembre de 2025, el mismo tribunal, actuando de oficio, dejó sin efecto dicha resolución, decretando la liquidación (quiebra) de la sociedad. Ante dicha situación, la sociedad dedujo requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Excelentísimo Tribunal Constitucional.
Con fecha 17 de diciembre, dicha Magistratura admitió a tramitación el requerimiento y ordenó la suspensión del procedimiento seguido ante el 21° Juzgado Civil de Santiago, paralizándolo mientras se resuelve el recurso en dicha sede.
"Adicionalmente, se interpuso un recurso de queja con solicitud de orden de no innovar, fundado en las faltas o abusos graves cometidos en la resolución del 28 de noviembre de 2025 por el 21° Juzgado Civil de Santiago", acotó en la oportunidad Unión Inmobiliaria S.A.