​Quiñenco acordó distribuir dividendo provisorio

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Quiñenco 2

Quiñenco S.A. comunicó, en carácter de hecho esencial, que en Sesión Extraordinaria celebrada ayer, el Directorio acordó distribuir un dividendo provisorio con cargo a las utilidades líquidas del ejercicio 2024, por un total de $200.000.016.110, equivalentes a $120,28198 por acción.



El pago del referido dividendo provisorio se efectuará el día 20 de diciembre de 2024, y tendrán derecho al mismo, los accionistas que figuren inscritos en el Registro de Accionistas de Quiñenco a la medianoche del día 14 de ese mes.


A su turno, el Directorio acordó conceder a los accionistas la posibilidad de acceder al régimen legal transitorio y opcional establecido en el artículo décimo de la Ley N021.681 por una parte del dividendo que se distribuya. En caso de acogerse a dicho régimen, la sociedad retendrá, declarará y pagará en calidad de Impuesto Sustitutivo de los Impuestos Finales (ISIF), el 12% del monto del dividendo que corresponda al número de acciones que sea posible acoger al ISIF.


Con respecto a dicho régimen, los accionistas interesados en ejercer dicha opción deberán hacer llegar a la sociedad la correspondiente instrucción antes de las 12:00 horas del día 16 de diciembre de 2024, a través del formulario denominado "Instrucciones Pago Impuesto Sustitutivo de Impuestos Finales (ISIF)". Este formulario en conjunto con información adicional para acogerse al citado régimen, denominada "Información sobre el régimen opcional de impuesto sustitutivo de los impuestos finales (ISIF)", se pondrán a disposición de los accionistas desde el día 9 de diciembre de 2024, en el sitio web de Quiñenco www.quinenco.cl como "Información de Interés".


En el caso de los accionistas que no hayan dado tal instrucción en tiempo y forma, el monto del dividendo quedará sujeto al régimen general de tributación conforme al Decreto Ley N0824 de 1974 del Ministerio de Hacienda que contiene la Ley de Impuesto a la Renta. Finalmente, se adjunta a la presente el Formulario NO I de la Circular N0660.

europapress