Sr. Director,
La recientemente aprobada Ley de Inteligencia Artificial de la Unión Europea constituye un importante hito en la regulación de tecnologÃas, al establecer el primer marco normativo que aborda los riesgos inherentes a la IA, de manera de propiciar su desarrollo de forma segura.
La ley estructura su regulación mediante una categorización de riesgos inadmisibles y aquellos en el umbral de lo prohibido, como los sistemas de categorización biométrica o el perfilamiento emocional, vinculándose al neuroderecho y a la protección de la integridad psÃquica y/o mental. En este ámbito, Chile ha avanzado con una legislación objetiva y de consagración constitucional, lo cual se alinea con el enfoque propuesto en Europa.
Si bien la aprobación de esta primera ley es un genuino aporte a la manera en que se regula la ciencia y la tecnologÃa, posee aspectos que recién conoceremos a medida que la jurisprudencia y la regulación ética avancen. Esto servirá de espejo para el resto del mundo, ya que la legislación posee la naturaleza de laboratorio regulatorio sin precedentes.
Sin embargo, cabe mencionar que todavÃa queda pendiente regular la intersección entre la IA y la seguridad ciudadana en Chile, con el fin de adoptar nuevas y seguras herramientas que permitan abordar la creciente crisis de criminalidad en el paÃs, garantizando un pleno respeto a un sistema de derechos humanos, reconfigurados a la luz de los desafÃos actuales y futuros de la IA.
Isabel Cornejo Plaza – Directora del Grupo de Investigación Neurometa
Francisco Bedecarratz Scholz – Director del Grupo de Investigación IA+D
Universidad Autónoma de Chile