¿Cómo calcular la evasión?

|

Germau0301n Pinto


El Ministro de Hacienda está recorriendo el país explicando lo las ideas del Pacto Fiscal que prontamente se materializará en proyectos de leyes, señalando que una de las vías para aumentar la recaudación es el combate contra la elusión y evasión tributaria. Si bien las dos son diferentes, son objetivos loables de alcanzar para incrementar las arcas fiscales, pues se ha estimado en que puede lograr recaudar una suma equivalente a 1,2 por ciento del PIB nacional como nuevos flujos que ayudarán a solucionar las demandas sociales tan vehementemente demandadas por distintos sectores nacionales.


Resulta adecuada la estrategia que está empeñada la autoridad fiscal, pero tiene la rémora de no contar con una base objetiva para saber qué cantidad es posible lograr con los proyectos que se están impulsando.


El problema es simplemente: “no es posible calcular lo que el Fisco deja de recaudar por incumplimiento tributario”, pues, si el SII sabe cuánto fue lo que dejaron de pagar los contribuyentes con transacciones apañadas, ¿Por qué no los fiscalizó y cobró lo que debieron pagar? Es por este motivo que toda cifra lanzada sobre este concepto es una “estimación”. Ahí el punto porque para lograr tal apreciación se debe ocupar una metodología idónea.


Es así que la estimación del ministro de 1,2 puntos del PIB, es decir 3,6 mil millones de dólares, es modesta si se piensa que hay cálculos que dicen que la evasión en Chile es del 7% del PIB (21 mil millones de dólares).


Esto obliga a realizar un debate sobre las herramientas técnicas a ocupar para poder diseñar las políticas públicas adecuadas y dejar las declaraciones de poder que algunos personeros hacen para justificar un diseño tributario más bien ideológico que técnico.


De acuerdo con un estudio que realizaron los profesores colombianos Hugo Macías, Luis Fernando Agudelo y Mario Ricardo López en 2007, existen muchos métodos siendo los más populares los planteados por el argentino Ricardo Fenochietto en 1999 que señala el más sencillo a través de informes de la oficina recaudatoria sobre la base del trabajo realizado, otro se determina por el cálculo a partir de datos agregados macroeconómicos utilizando cuentas nacionales. En tercer lugar, está el comparar las cifras de ingresos de las cuentas nacionales con las cifras de ingresos de las declaraciones y finalmente se señalan los métodos microeconómicos que determina la evasión sobre la base de una muestra de contribuyentes de los cuales se infiere sobre la población total.


También existen otros métodos que son subconjuntos de los antes mencionados, como el método monetario, insumo físico, mercado laboral, de la diferencia, potencial tributario legal, encuesta y coeficiente tributario constante.


También destacan el utilizado por Michel Jorratt quien en 2003 propuso el método potencial teórico el cual es usado por el SII para la estimación de evasión de IVA que determinó en 2009.


Como se puede apreciar, herramientas hay muchas y hay que saber cuál utilizar. Sin embargo, es necesario tener claro qué vamos a medir, pues no es lo mismo evadir, eludir o aprovechar alguna franquicia.


En efecto, evasión es un delito, eludir es el ejercicio de la libertad, pero cuando es realizada con simulación y abuso del derecho es cuestionada por el SII y los tribunales pueden determinar una mala fe que obliga a pagar el impuesto eludido.

En otro ámbito está aquel contribuyente que aprovecha algún beneficio tributario que redunda en una menor carga impositiva. Este grupo también es medido por algunas herramientas y pueden generar diferencias radicales.


Es así como ha ocurrido con el cálculo que realizó el señor Jorratt hace poco, que ubicó en 7 puntos de PIB la evasión, cálculo que no consideró el efecto de los beneficios tributarios y otros conceptos que forman parte del “gasto fiscal” que es, según lo ha señalado la OCDE, el menor ingreso que el Fisco recibe en su recaudación tributaria producto de distintas situaciones que incluyen las políticas de estímulo a la economía como incentivos al ahorro, estímulo del empleo o protección de la industria nacional.


La semana pasada el presidente de la Comisión Tributaria del Colegio de Contadores de Chile A.G. don Juan Pizarro, presentó al Ministerio de Hacienda el documento “Propuesta en Torno a la Estimación y Combate y Elusión de Impuesto” donde aplica el mismo método del señor Jorratt, pero ajustando el gasto tributario. El resultado fue muy magistral, radicando en 4.5% del PIB una cifra más ajustada a la evasión, reconociendo, precisamente, que hay menor recaudación producto de legítimas rebajas que utilizan los contribuyentes. Ahora bien, esta nueva cifra radica en 13,5 mil millones de dólares lo que deja de percibir el Fisco por situaciones que perfectamente pueden ser solucionadas a través de llevar contabilidad completa como base para los regímenes tributarios, con lo cual se permite una mejor trazabilidad de los gastos e ingresos de los contribuyentes por parte del SII, fortalecimiento de los derechos del contribuyente, otorgar una adecuada autonomía a la DEDECON, mayor control de la evasión fiscal a través de auditorías focalizadas y no planes generales que son orientados por métodos computacionales que desconocen los detalles de las operaciones y transacciones. Así también es posible corregir la informalidad a través de facilitar los procedimientos de inicio de actividades y otros trámites, en vez de castigar a aquellos contribuyentes que por desconocimiento han caído en infracciones. Finalmente, también resulta adecuado promover una mejor inclusión financiera a través de un mayor acceso a servicios financieros formales.


Es necesario e imperioso contar con cifras ajustas a la realidad para planificar las políticas públicas, pues con esos fundamentos objetivos y aterrizados a nuestra realidad es posible lograr el pacto fiscal que tanto anhela la autoridad.


Prof. Germán R.Pinto Perry

Director Programas de Especialización Tributaria - USACH

Centro de Investigación y Estudios Tributarios NRC-USACH

europapress