José Luis Velasco, presidente de Aseduch (Asociación de Educadores de Chile) ​

La educación tras el plebiscito

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Sr. director: 


Junto con saludarle, quisiera dirigirme a todos los apoderados de este país para informarles que, si gana el Apruebo en el plebiscito constitucional del próximo 4 de septiembre, lamentablemente, no podemos asegurar la continuidad de nuestro Proyecto Educativo como parte de los colegios subvencionados de Chile. El Establecimiento va a seguir funcionando, probablemente, pero cada vez se va a parecer menos al Colegio en el cual Ud. matriculó a su hijo. Lo anterior no es exageración, sino una realidad a la luz de las normas constitucionales propuestas:


En el artículo 35 se establece que la educación será un deber del Estado, no de los padres o apoderados, y por eso será el Estado, es decir el Gobierno de turno, el que podrá exigir al colegio tal o cual aspecto educativo para sus alumnos. Luego, se establece un gran número de fines y principios de la educación, muchos de ellos superan lo propiamente educativo, son ambiguos, discutibles y no compartidos en este establecimiento, coartando las posibilidades de desarrollar plenamente nuestro proyecto educativo.


El artículo 40 nos obligará a desarrollar el programa de Educación Sexual Integral que defina el Gobierno, el que no necesariamente será coincidente con sus intereses y valores.


Por otro lado, ya que se elimina el derecho de crear y administrar establecimientos educacionales a profesores como nosotros, quedaremos expuestos a que cualquier mayoría transitoria en el parlamento nos coarte más libertades o nos imponga más obligaciones, tanto administrativas como económicas y educativas. Una de ellas es el financiamiento: nuestro establecimiento es 100% financiado por el Estado y totalmente gratuito, y en ninguna parte de la propuesta Constitucional nos aseguran que seguiremos recibiendo la subvención, como sí lo hacen con los establecimientos del Estado.


El artículo 42 define que nuestro colegio pasará a ser dirigido por la Comunidad Escolar, a través de algún tipo de órgano y con miembros a definir posteriormente por Ley, no por los educadores profesionales que lo hacemos actualmente, pudiendo gestionarlo a su antojo e incluso alterar sustancialmente el Proyecto Educativo.


Finalmente, se reemplaza la actual prohibición de hacer proselitismo político en las Escuelas por la “libertad de cátedra” de los profesores, pudiendo éstos actuar al margen del Proyecto Educativo, contra las indicaciones del equipo directivo o contra la opinión de los padres (Art. 41).


Así, la libertad, diversidad y pluralismo con la que este establecimiento se ha desarrollado por tantos años, quedará sujeta “al régimen común que fije la Ley”, como dice el artículo 36, tendiendo a un proyecto educativo único y estatal, aunque no nos guste.


Sin otro particular, atte.

José Luis Velasco, presidente de Aseduch (Asociación de Educadores de Chile) 


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