CMF multa a Banco Consorcio por déficit de encaje

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Banco Consorcio

La Comisión para el Mercado Financiero cursó una multa de UF 755 a Banco Consorcio  por déficit de encaje, de acuerdo a lo establecido en los artículos 63 y 64 de la Ley General de Bancos. Así lo consignó la compañía a través de un hecho esencial emitido el 18 de junio pasado.

De acuerdo a la resolución de la Comisión, emitida el día previo, “en relación con la infracción a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 63 e inciso primero del artículo 64 de la Ley General de Bancos, en relación a lo establecido en el Capítulo 3.1 del Compendio de Normas Monetarias y Financieras del Banco Central de Chile y Capítulo 4-1 de la Recopilación Actualizada de Normas de la CMF respecto del encaje en moneda nacional para los períodos mensuales comprendidos entre el 9 de enero y el 8 de febrero de 2018 y el 9 de mayo y el 8 de junio de 2020, que representaron déficit de $254.332.232 y $2.807.259.642, respectivamente, la infracción imputada ha sido reconocida por el Banco y acreditada en el presente procedimiento sancionatorio.”


La entidad consignó que “contra la presente Resolución Sancionatoria procede el recurso de reposición establecido en el artículo 69 del Decreto Ley N° 3.538, el que debe ser interpuesto ante la Comisión para el Mercado Financiero, dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la notificación de la presente resolución; y, el reclamo de ilegalidad dispuesto en el artículo 71 del D.L. N° 3.538, el que debe ser interpuesto ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago dentro del plazo de 10 días hábiles computado de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 del Código de Procedimiento Civil, contado desde la notificación de la resolución que impuso la sanción, que rechazó total o parcialmente el recurso de reposición o desde que ha operado el silencio negativo al que se refiere el inciso tercero del artículo 69.”

europapress