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Patricio Herman |
El golpe de gracia lo dio la Contraloría en su tercer y concluyente dictamen de noviembre de 2018, mediante el cual ordena al alcalde Delgado el inicio de sumarios y sanciones en contra de los funcionarios díscolos, como también la paralización de obras de las que se estaban ejecutando y el inicio del proceso de invalidación de los permisos de proyectos que no contaban con recepciones finales de obras, es decir, torres habitacionales que ya están ocupadas por familias.
Estaremos atentos para saber si el alcalde Alessandri honrará la palabra empeñada por su subordinado director Jurídico municipal, en orden a respetar el fallo de la Corte Suprema o si, como tantos otros de sus colegas, se hará el leso para favorecer económicamente al titular del negocio inmobiliario ilegal en su comuna.
Si las solicitudes de permisos de edificación se enmarcan en las leyes, nadie reclamará y por ende tendrán certeza jurídica.
A partir del 5 de diciembre de 2003, con la vigencia del nuevo Plan Regulador Comunal (PRC) de Las Condes, la altura máxima quedó limitada a los 15 pisos y como ese municipio se negó a aplicar el congelamiento fijado en el artículo 117º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) el anteproyecto Nº 177 fue ingresado, ¡era qué no! a tramitación el 1º de octubre de 2003, cuando todo el mercado inmobiliario ya sabía lo que venía.
El ente fiscalizador dispuso una investigación especial sobre la materia para esclarecer los hechos y eventuales responsabilidades involucradas pues existen varios permisos de edificación por muchos millones de dólares que se encuentran recepcionados por la DOM de Las Condes, sin que se hayan ejecutado las obras correspondientes a sus EISTU.
Para posibilitar este resarcimiento, por parte de quienes lucraron sin causa, el CDE y la Contraloría tendrán la última palabra.
Le decíamos también que si ello no ocurría su municipio cometía desacato y que para evitarlo, su obligación como máxima autoridad municipal era trasladar los antecedentes al Ministerio Público para que el fiscal correspondiente investigara los comportamientos de los agentes públicos y actores privados relacionados con la tramitación trucha del permiso de edificación en comento.
Hasta la fecha no se sabe quién de la Contraloría adoptó la decisión de anular tal trascendental pesquisa y suponemos que el fiscal Campos determinará finalmente quien fue el funcionario de la Contraloría que fue tan buena persona con los pillos que se desenvolvían en la otrora respetable institución de Carabineros de Chile.
El permiso de edificación está viciado, aunque sabemos que 1.- una torre habitacional de 19 pisos fue recibida en la administración de Jadue para no perjudicar a las familias que allí residían, 2.- la otra torre de igual altura está terminada pero carece de recepción final, 3.- la otra torre todavía no se levanta y 4.- la edificación de la universidad opera en plenitud.
Este caso se judicializó y la Corte Suprema convalidó un acuerdo entre la municipalidad de Viña del Mar y la inmobiliaria, en orden a que ésta debía ejecutar una serie de mitigaciones viales, sin que los magistrados se pronunciaran sobre el fondo de la materia, es decir, si el permiso del año 2000 mantenía su vigencia o bien estaba caducado conforme lo establece el artículo 1.4.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC)