Germán Pinto



Germán Pinto

No cabe la menor duda que la epidemia que estamos viviendo afecta a las personas y tenemos que ser condescendientes con nuestros vecinos y con toda la comunidad porque es un daño que afecta al Ser Humano. No debemos olvidar que son Personas las que están sufriendo.

Nuevamente la autoridad ha tenido que anunciar medidas de apoyo a un sector muy importante y endeble de nuestra economía: las pymes.

Dentro del contexto del debate de la reforma o redacción de una nueva Constitución, ejercicio político que ha ido quedando en segundo lugar de importancia debido a los problemas que estamos viviendo con el COV-19, ha surgido la revisión de dos principios tributarios de orden constitucional como son el principio de “iniciativa económica exclusiva del presidente” y la “no afectación tributaria”. Son dos principios que administran y morigeran la potestad tributaria que se entiende como la capacidad del Estado (y no necesariamente del Presidente) de crear y cobrar tributos.

La publicación de la Ley N°21.210 nos ha deparado aspectos bastantes interesantes y que merecen una reflexión ahora que ya terminó el trabajo legislativo.

El día 24 de febrero recién pasado fue publicada la ley 21.210 que materializa el tan discutido (aparentemente) proyecto de ley de “modernización de la legislación tributaria” que ingresó al Congreso en agosto del año 2018, pasando un año de completa inactividad, para luego de agosto del año pasado fuera materia de diatribas por parte de la Oposición y de negociaciones por parte del Gobierno para lograr que el “espíritu” del proyecto no cambiara.

Sin duda que quienes impulsan la opción “apruebo” que se votará en el próximo plebiscito de abril tienen por principal objetivo revisar, si no eliminar, el principio de subsidiaridad que está consagrado en la actual Constitución Política, argumentando los desastrosos resultados que la aplicación de este principio ha tenido en educación, previsión y salud en nuestro país.

El proyecto de ley de “modernización” tributaria que está pronto a ver la luz legislativa ya es materia de estudio de variopintos analistas que están proyectando sus efectos y cuantificando sus beneficios. Uno de esos estudios basados en el clásico criterio de “causa-efecto” es la afirmación que la norma de “transparencia tributaria” generará un detrimento en el mercado laboral de los contadores.


Está muy claro que necesitamos mayores niveles de recursos para satisfacer las ingentes necesidades sociales que la población está vehementemente demandando, y es por este motivo que resulta importante realizar una revisión a todos los tributos que están vigentes como también las exenciones.


Ya está casi lista para ser publicada la Ley de Modernización Tributaria que inició su tramitación en agosto de 2018, que tenía el claro objetivo de corregir las deficiencias que de la Reforma Tributaria 2014-2016 y que “políticamente” se presentó como un mecanismo para generar una mayor recaudación fiscal.

Se ha planteado que terminaron las planificaciones tributarias desde que entró en vigencia la Norma General Antielusiva consagradas en los artículos 4 bis y siguientes del Código Tributario a partir del año 2014, apreciación que no comparto.