​CMF comunica tasa de interés de actualización para agosto

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CMF

El artículo 55º del D.L. Nº 3.500, de 1980, establece que la Comisión para el Mercado Financiero debe señalar la tasa de interés de actualización que se utilizará para el cálculo de los capitales que financien las pensiones de referencia de los afiliados al sistema previsional, creado por el decreto ley mencionado, que estén en condiciones de generar pensiones de invalidez o sobrevivencia. Al respecto, la entidad informó que la tasa de interés de actualización aplicable a los siniestros de los afiliados, cuya fecha de fallecimiento o aquella en que quede ejecutoriado el único o segundo dictamen de invalidez, según corresponda, ocurra en el mes de agosto de 2022, es 3,63% real anual.

europapress