​Asesores financieros previsionales: cinco personas aprobaron primera prueba de acreditación de conocimientos

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Superintendencia de Pensiones

La primera prueba de acreditación de conocimientos de los nuevos asesores financieros previsionales y de las entidades del área finalizó su primera etapa, con la realización del examen el pasado miércoles 8 de septiembre. Si bien para la prueba se inscribieron 28 personas, finalmente 17 la rindieron.

Tras la revisión de las evaluaciones, cinco personas alcanzaron, al menos, un 70% de respuestas correctas, con lo cual aprobaron. El resultado fue notificado a cada persona este lunes 13 de septiembre. A partir de ese momento, quienes aprobaron la prueba podrán iniciar el proceso de inscripción en el nuevo Registro de Asesores Financieros Previsionales.

Si bien en la etapa de inscripción para rendir la prueba de acreditación de conocimientos se registraron solicitudes en distintas ciudades del país, finalmente las personas interesadas se presentaron a la evaluación en forma presencial en Valparaíso, Santiago y Concepción.

La prueba contempló 40 preguntas de selección múltiple en cinco secciones para medir conocimientos en materia de (i) Estructura de la Seguridad Social chilena y su institucionalidad; (ii) el Sistema de Pensiones Solidarias, (iii) Selección de Modalidad de Pensión; (iv) Inversiones y Riesgo, y (v) Selección de Fondos y Conflicto de Interés.

Con todo, la Superintendencia de Pensiones informa que el 27 de octubre próximo se realizará un segundo proceso de rendición de prueba de acreditación de conocimientos, el cual será informado oportunamente en su sitio web institucional www.spensiones.cl y en sus redes sociales oficiales. Además, precisa que en 2022 se realizarán nuevamente dos procesos de acreditación de conocimientos similares.

En los procesos de acreditación de conocimientos de octubre próximo y de 2022 podrán participar todas las personas que quieran acreditarse como asesor financiero previsional, incluyendo a quienes hayan reprobaron en las evaluaciones anteriores.

Los asesores financieros previsionales y las entidades de asesoría financiera previsional fueron creadas en la Ley N° 21.314, publicada el 13 de abril de 2021, que incorpora nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de mercado, al tiempo que regula la asesoría financiera previsional colectiva.

El artículo 171 del D.L. N° 3.500, de 1980, considera como asesoría previsional otorgada por asesores financieros previsionales o entidades de asesoría financiera previsional, toda asesoría y/o recomendación no personalizada que sea dirigida, por cualquier medio, a afiliados, beneficiarios o pensionados del sistema o a grupos específicos de aquellos.


Etapa de registro

Luego de la notificación de los resultados de la prueba de acreditación, quienes aprobaron pueden solicitar su inscripción en el Registro de Asesores Financieros Previsionales, previo a cumplir con los requisitos que establece la normativa vigente. Este trámite se podrá realizar en los sitios web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl, y de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), www.cmfchile.cl, de acuerdo con lo siguiente:

a) Si es una persona natural debe enviar la solicitud al correo electrónico registroasesoresfinancieros@spensiones.cl, adjuntando la documentación requerida, la que debe estar actualizada y digitalizada en formato PDF. El correo debe indicar como asunto lo siguiente: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO (PERSONA NATURAL).

A más tardar, el día hábil siguiente de enviada la solicitud, la o el interesado recibirá un correo electrónico informando sobre la conformidad en la recepción de su requerimiento.

Los documentos requeridos en este caso son:

Cédula de identidad (ambos lados).

Certificado de estudios (acreditación de enseñanza media o estudios equivalentes).

Certificado de antecedentes comerciales emitido por la Cámara de Comercio de Chile.

Certificado de Antecedentes del Registro Civil para fines especiales.

Certificado de permanencia definitiva, y cédula de extranjería al día, en el caso de ser extranjero.

Boleta de Garantía o Póliza de Seguro.

Declaración jurada.

Solicitud Inscripción Persona Natural.

b) Si es una persona jurídica, la solicitud de inscripción en el respectivo registro debe ser solicitada por la o el representante legal mediante el envío de un correo electrónico a la casilla registroasesoresfinancieros@spensiones.cl. En el correo deberá adjuntar la documentación actualizada y digitalizada en formato PDF, indicando en el asunto lo siguiente: SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO (PERSONA JURÍDICA).

A más tardar, el día hábil siguiente de enviada la solicitud recibirá un correo electrónico informando sobre la conformidad en la recepción de su requerimiento.

Los documentos requeridos en este caso son:

Copia de la escritura de constitución y de sus modificaciones.

Inscripción en el Registro de Comercio, con sus anotaciones marginales.

Certificado de vigencia (salvo en el caso de sociedades constituidas de conformidad a lo establecido en la Ley N° 20.659).

Boleta de Garantía o Póliza de Seguro.

Solicitud Inscripción Persona Jurídica.

Una vez recepcionada la solicitud de incorporación al registro, la Superintendencia de Pensiones y la CMF tendrán un plazo de 20 días hábiles para comunicar su aprobación, rechazo, observaciones a subsanar u otro. En todos los casos, se entenderá que el trámite finalizó y en caso de que la o el usuario haya recibido observaciones a su solicitud, se considerará como un nuevo trámite, iniciando el proceso antes descrito nuevamente.

Finalmente, la o el usuario aprobado podrá consultar su registro en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones y de la CMF.

europapress