Tributos y Constitución

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Germu00e1n Pinto

Muchas personas me han consultado si el sistema tributario de nuestro país será definido por los constituyentes en el proceso que estamos pronto a comenzar. La respuesta es afirmativa y evidente, pero antes de realizar este ejercicio hay que definir lineamientos básicos que permitirán establecer aspectos cuya elección están en las antípodas de su fundamento y orientación.

Lo primero que es menester definir es el rol que cumplirá el Estado de Chile. No digo cuál será el fin, pues considero que es evidente que la nueva constitución establecerá que será el logro del bien común que es el objetivo de todas las constituciones del mundo que he estudiado en el último tiempo, siendo paradójico que un mismo fin podamos lograr a través de distintos caminos que generen diferencias fundamentales en su alcance.

Adoptando un criterio didáctico, vamos a señalar los extremos en los tipos de roles que el estado puede adoptar para su cometido: el que confía en los particulares y el que confía en el estado para solucionar las necesidades sociales.

Si se opta por confiar en los particulares, el sistema tributario tendrá que establecer obligaciones tributarias que no intervengan o no desmotiven la iniciativa privada, privilegiando emprendimientos que persigan intereses privados o públicos y dejando la acción estatal solo para aspectos de justicia y defensa del país.

El talante de esta orientación justifica la concesión de exenciones, sistemas tributarios simplificados, mecanismos que incentiven y faciliten las donaciones, tasas de IVA diferenciados que respeten al tipo de consumidor y también para proteger determinados sectores de la economía, entre otras concesiones. Ahora bien, también tiene que establecer obligatoriamente una recaudación potente y eficiente para que el estado pueda solucionar las deficiencias e inequidades que puedan surgir en la acción protagonista de los particulares.

Por el contrario, el otro extremo de los roles del estado define un nivel de recaudación que otorgue a la autoridad fiscal una ingente cantidad de recursos para dar solución a las necesidades sociales que la ciudadanía le exija, con la grave dificultad que las necesidades son crecientes e ilimitadas, redundando esto a que nunca terminarían en definir el presupuesto de las carencias que el país tiene. Por lo tanto, no es mezquino ni banal señalar que este extremo del rol del estado siempre será demandante de recursos y nunca podrá cumplir la totalidad de las demandas que se establezcan.

Independientemente de lo último, ese sistema tributario tendría que definir tasas altas de impuestos, pues las actuales tasas del Impuesto a la Renta y del IVA, 27% (tasa máxima) y 19% respectivamente, no están recaudando el flujo de recursos necesarios para cumplir con las actuales exigencias de la población.

Asumido lo anterior, podemos prospectar que tasas altas inhiben la iniciativa privada, lo que no sería una rémora, pues el rol que estamos analizando en este segundo caso asume que el estado será empresario y podrá incursionar en las distintas industrias y sectores económicos del país, reemplazando los capitales privados por el nacimiento o conversión en empresas estatales que se encarguen de lograr el desarrollo del país.

Según mi planteamiento anterior, el sistema tributario que deberá definir la nueva constitución deberá recoger la precedente definición del rol del estado para poder establecer su estructura y considerar qué principios debe respetar de acuerdo a la jerarquía que se establezca, ordenando el catálogos de principios entre el bienestar social, el respeto a la propiedad privada y a la libertad de actividad económica que ahora están claramente definida en la actual carta magna, aunque no jerarquizada, según lo han señalado algunos constitucionalistas destacados.

Sin perjuicio de mi aprehensión anterior, varios académicos y profesionales han ventilado sus opiniones sobre el diseño del sistema tributario que deberíamos considerar en este proceso histórico del país, tomando como brújula la tan recurrente comparación de “los países de la OCDE” asumiendo que de esta importante organización internacional emanan principios ecuánimes y cabales que permiten el bienestar social en cualquier sociedad que se implanten.

El ejercicio evidente que será necesario realizar en este ejercicio constituyente, es lograr el acuerdo entre confiar en los privados o en el estado para solucionar las demandas, en conjunto con la ponderación del potencial económico que tiene y tendrá el país en una y otra elección, pues de nada sirve asumir que los recursos surgirán como arte de magia y solo hay que acordar cómo recaudarlos, pues esto puede seguir generando falsas expectativas a la población al dejar sus esperanzas en la redacción de un texto que podría terminar siendo una camisa de fuerza, o muy pequeña o muy grande para nuestro país.


Prof. Germán R.Pinto Perry

Director Magíster en Planificación y Gestión Tributaria

Centro de Investigación y Estudios Tributarios-NRC

Universidad de Santiago

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