Las claves para terminar con un contrato de arriendo de forma anticipada

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Arriendos


Con frecuencia surgen numerosas dudas sobre cómo terminar de manera anticipada un contrato de arriendo de un inmueble. Esta situación se debe a que en estos acuerdos se establecen ciertos plazos de duración que en ocasiones no pueden cumplirse y no se estipula explícitamente si se otorga la facultad al arrendatario o al arrendador de poner término anticipado a este contrato.

En la mayoría de los contratos de arriendo de casa y departamentos se acuerda una cantidad fija de tiempo, que oscila entre los seis meses a un año. Desde la perspectiva del arrendador esta cláusula es ventajosa, dado que no tiene que buscar un nuevo inquilino. Sin embargo, aunque el arrendatario desee ocupar la vivienda, las circunstancias pueden cambiar. Ya sea por razones personales o profesionales. Es por ello por lo que cobra relevancia contar con algunos datos para evitar dolores de cabeza a la hora de dar término a un contrato:


Falta de liquidez económica para pagar el canon de arriendo


Es importante que el arrendatario que no posea la capacidad de seguir pagando el valor del arriendo sea consciente, y desaloje la propiedad para que la posible deuda no se siga incrementando. Miguel Fariña de MFM propiedades, miembro del Círculo de Corredores de Propiedades, recomienda que “el arrendatario debe transparentar este hecho tan pronto le sea posible a su arrendador o a la corredora que administra, para que éste último tome las medidas correspondientes, por la pérdida económica que significa este retiro anticipado del inmueble”.


Traslado de ciudad que impide seguir habitando la propiedad


Las características de este arrendatario son distintas, por ello debe buscar una propiedad que se ajuste a sus necesidades. En estos casos, Vania Ruíz, de la corredora Venta Urbana, del Círculo de Corredores de Propiedades asegura que “si esta circunstancia es expuesta desde la gestación del contrato, se debería ajustar las cláusulas de este, si es que el arrendador está dispuesto acceder a ello, para evitar cualquier clase de incumplimiento por irse antes del tiempo estipulado. En este caso, es fundamental que el arrendatario presente un documento que acredite su tipo de trabajo, y por acuerdo de los contratantes se puede regular cualquier situación especial”.


Inconformidad con las condiciones físicas de la vivienda


Muchas veces los inmuebles que se arriendan no tienen problemas a simple vista y finalmente éstos salen a la luz cuando el arrendatario empieza a habitar el espacio. Para evitar este tipo inconvenientes, Miguel Fariña indica que “es importante confeccionar un inventario de los artículos que están en el inmueble y su estado, de esta manera ambas partes se verán protegidas. Ahora bien, si llegase a haber problemas, por ejemplo con las cañerías u otros y no estén relacionadas con la mantención que debe hacer el arrendatario, podrá regularse que el arrendador efectúe las reparaciones que sean necesarias, evitando de este modo que el arrendatario tenga que dar término al contrato”. Según Vania Ruíz, “si la propiedad ya no cumple con las funciones para lo cual fue arrendada se puede pedir el término de contrato, como puede suceder después de una catástrofe natural”.


Incumplimiento de pago por parte del arrendatario


Los casos de desalojo de vivienda no son novedad, pero evitar estar envuelto en este tipo de incidentes si es posible. Según las recomendaciones de María Magdalena Munita, de Munita Valdés Propiedades, integrante del Círculo de Corredores de Propiedades, “el corredor o el dueño deben mantener la mejor relación con el arrendatario. Sin embargo, una forma para ver el comportamiento anterior del arrendatario es solicitarle las últimas 6 transferencias de su último arriendo. El comportamiento pasado no se puede cambiar. Si el arrendatario no pagaba a su arrendador anterior, con ello, se puede verificar” afirmó.


Por último, en cuanto a las acciones que se pueden derivar por incumplimiento de contrato, el arrendador puede recurrir “a accionar judicialmente, solicitando la restitución del inmueble por incumplimiento de contrato por no pago de las rentas u otros problemas e inconvenientes” afirmó finalmente Miguel Fariña, del Círculo de Corredores de Propiedades.

europapress