​Un derecho vis a vis los deberes

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Luis Riveros

Migrar constituye derecho humano, entendido éste como el libre ejercicio de la voluntad de la persona en orden a dejar su país o región de nacimiento o residencia, para radicarse en otro país o región. Por eso, países que colocan restricciones al ejercicio de esta voluntad soberana, se constituyen por definición en violadores de un derecho humano esencial. El caso más típico que sirve de ejemplo para esto, es el fatídico Muro de Berlín, que servía el propósito de evitar la “fuga” de ciudadanos alemanes al occidente. Es distinto, sin embargo, entender este derecho como la obligación que tendrían los países de aceptar el ingreso de migrantes sin ninguna otra condición. Los países deben instaurar algunas restricciones en mérito a su propia seguridad interna como también a los efectos perjudiciales de una inmigración descontrolada en cuestiones como seguridad alimentaria,, condiciones de empleo y salarios, gasto público etc. En todos los países se considera la inmigración como un privilegio que se otorga en virtud de objetivos de Estado, como lo fue la inmigración alentada por el Gobierno chileno en el siglo XIX para promover la colonización del sur del país. Indudablemente, esta migración controlada y atenida a propósitos de índole superior, puede ser un beneficio importante como en el caso chileno, tras las oleadas de ciudadanos alemanes, yugoeslavos, españoles, asiáticos, etc. que han contribuido al desarrollo del país y a la internacionalización efectiva de la sociedad. Por esa razón, estuvo bien que el Gobierno de Chile no aprobara en la ONU el Pacto Mundial de Refugiados, ya que el mismo establece el derecho de los países a poner en práctica sus propias y autónomas políticas migratorias. Por eso también la firma de un Protocolo que entregue de alguna manera la potestad de inmigración a un ente internacional, no constituye algo que favorezca el sano desarrollo nacional. La reciente experiencia de inmigración descontrolada vivida por Chile pone en evidencia los serios riesgos que se corren cuando no existen políticas de Estado que efectivamente regulen este tema.


Luis A. Riveros

Universidad de Chile

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