Comisión para el Mercado Financiero informó ayer.
Son cuatro oferentes de créditos que aparentando ser regulados por la Comisión, solicitan pagos previos para acceder a préstamos que posteriormente no son entregados.
Esto de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.130, de enero de 2019, que moderniza la legislación bancaria
Para solicitar la autorización de existencia se deberán presentar a la Comisión antecedentes como la identificación de quienes concurren a la constitución de la sociedad, el plan estratégico y de negocios, declaraciones sobre inhabilidades, entre otros antecedentes.
Esto de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 21.314, que establece nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de los mercados. La normativa señala una serie de condiciones que deben cumplir las comisiones cobradas en una operación de crédito para no ser consideradas como intereses.
Informó a través de un hecho esencial emitido a la Comisión.
Los cambios aumentan la frecuencia y reducen los plazos para el envío de información de deudores desde las instituciones financieras a la Comisión. Esto, con el objeto de disponer de datos más actualizados y mejorar la oportunidad de entrega del Informe de Deuda que elabora la CMF.
La Comisión aclara al público que dicha dirección de e-mail y el vínculo al que se sugiere acceder no corresponden a la institución.
Esto de acuerdo a la Ley N°21.314, que fijó nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades para los agentes de mercados.
Por infracción a lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto Ley N°3.538 de 1980.
Se trata de la Cooperativa de Ahorro y Crédito (CONOAC), firma no supervisada que obtuvo fraudulentamente pagos anticipados de personas que solicitaron préstamos y que no recibieron el crédito acordado.
Más de un centenar de inversionistas, representantes de emisores, asociaciones gremiales, sector público, académicos y organizaciones de la sociedad civil, participaron del proceso convocado por la CMF como parte de la consulta pública de la propuesta que perfecciona la Norma de Carácter General N° 386.
Los interesados pueden consultar si poseen acreencias bancarias en el buscador del sitio web de la CMF acreencias.cmfchile.cl
Por incumplimiento del plan de regularización al que estaba sometida la sociedad debido al incumplimiento del requisito de capital mínimo que exige la normativa del Banco Central de Chile a las sociedades no bancarias emisoras de tarjetas de crédito.
La modificación al Capítulo 2-2 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN), permite la oferta de cuentas corrientes sin cheques, habilitando a personas no domiciliadas o residentes en Chile a suscribir dichos contratos sin la necesidad de fijar su domicilio en el país.
En estos archivos se informarán los límites de solvencia y patrimonio efectivo, instrumentos de capital regulatorio, activos ponderados por riesgo de crédito, activos ponderados por riesgo de mercado y activos ponderados por riesgo operacional.
El presidente de la Comisión abordó los desarrollos recientes en el mercado financiero en el contexto del Covid-19 y el impacto de las medidas de mitigación adoptadas por las autoridades financieras. Detalló además sobre los principales riesgos que persisten para el sistema financiero, los avances en materia de supervisión y los desafíos regulatorios.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dio cuenta de una nueva norma que establece condiciones o características que se deberán cumplir a efectos de inscribir títulos de deuda bajo la modalidad de registro automático.
Se trata del archivo necesario para identificar los bancos de importancia sistémica y determinar las mayores exigencias según el Capítulo 21-11 publicado el 2 de noviembre.
la firma denominada 2Invest no se encuentra dentro de las entidades fiscalizadas por la CMF.