​CMF cancela inscripción de asesor previsional de Registro

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El Consejo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) por unanimidad de los comisionados, resolvió aplicar a Gustavo Valverde Castañón la sanción de cancelación de su inscripción en el Registro de Asesores Previsionales, por infracción a lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto Ley N°3.538 de 1980.

El profesional enfrentó cargos por incumplimiento a la instrucción impartida por la CMF en la Resolución Exenta N°3.167 de 2 de agosto de 2018 de abstenerse de realizar asesoría previsional, con motivo de la suspensión de sus actividades decretada en esa misma resolución. Según consigna el escrito, “el Consejo de CMF y el superintendente de Pensiones llegaron al convencimiento que ha incurrido en la “Infracción a lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley N° 21.000 por incumplimiento de la orden impartida por la Resolución Exenta N° 3.167 de fecha 2 de agosto de 2018 de la CMF, ya que, de acuerdo a lo expuesto precedentemente, el asesor previsional Sr. Valverde Castañón, durante el mes de agosto de 2018, continuó realizando sus actividades como asesor previsional, toda vez que ingresó solicitudes de oferta y aceptaciones de oferta al sistema SCOMP en 17 procesos de pensión, por medio del uso del código de asesor del Sr. Carlos Molina Gazmuri, percibiendo, indebidamente, las comisiones por intermediación de aquellos casos”.

A la presente Resolución procede el recurso de reposición establecido en el artículo 69 del Decreto Ley N° 3.538 de 1980, que crea la CMF, el que debe ser interpuesto ante la Comisión, dentro del plazo de 5 días hábiles contado desde la notificación de la presente resolución, y el reclamo de ilegalidad dispuesto en el artículo 71 del Decreto Ley N° 3.538 de 1980, el que debe ser interpuesto ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago dentro del plazo de 10 días.

europapress