Gobierno adapta a la normativa europea los requisitos mínimos de formación de enfermeras, odontólogos y farmacéuticos

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El Boletín Oficial del Estados (BOE) publica este jueves el Real Decreto 325/2026, por el que el Consejo de Ministros modifica el RD 581/2017 para actualizar los contenidos mínimos de los estudios de Enfermería, Odontología, Farmacia y Veterinaria y adaptarlos a las nuevas directivas europeas sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales, con el fin de facilitar la libre circulación de estos titulados en la Unión Europea.



Este real decreto, que entra en vigor este viernes, actualizar los requisitos mínimos de formación de cuatro profesiones sanitarias reguladas para alinearlos con las últimas directivas europeas y facilitar el reconocimiento automático de títulos en la UE y la libre circulación de profesionales.



Concretamente, el real decreto transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva Delegada (UE) 2024/782 y la Directiva Delegada (UE) 2025/1223, que actualizan los requisitos mínimos de formación de estas profesiones sanitarias en la Unión Europea. "El reconocimiento por parte de los Estados miembros de las cualificaciones profesionales otorgadas por otros Estados de la Unión Europea resulta un elemento esencial para poder hacer efectiva la libre circulación de los trabajadores", defiende.



También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la regulación del reconocimiento de cualificaciones profesionales, al armonizar nuestro derecho interno con la regulación europea al respecto. Asimismo, la reforma es necesaria porque adaptará el reconocimiento de cualificaciones profesionales a las nuevas necesidades que se presentan en el mercado, así como a los avances tecnológicos, científicos y de realización de funciones que las distintas profesiones han ido asumiendo en virtud de la experimentada en los últimos años.



Así, redefine las competencias que debe garantizar la formación de cada profesión (art. 42.6 Enfermería, 46.3 Odontología, 50.5 Veterinaria y 59.3 Farmacia).



En enfermería se definen amplios conocimientos científicos, ética profesional, experiencia clínica supervisada, capacidad docente y de trabajo en equipo, liderazgo y toma de decisiones, e incorporación de innovaciones técnicas y metodologías de la práctica enfermera.



El odontología se identifica base científica sólida, comprensión de los métodos científicos y de la medición de funciones biológicas, conocimiento de la relación salud general-salud bucodental, experiencia clínica adecuada y dominio de la odontología digital y su uso seguro.



En veterinaria se demanda conocimientos científicos y de Derecho de la UE aplicable, competencias clínicas y epidemiológicas, medicina preventiva, higiene y tecnología de alimentos, uso responsable de medicamentos, enfoque "una sola salud", gestión de empresa veterinaria, habilidades de comunicación y trabajo en equipo, y manejo de datos y tecnologías digitales.



Y en farmacia conocimiento de medicamentos y tecnología farmacéutica, farmacología y toxicología, capacidad para evaluar datos científicos, conocimiento del marco legal, y competencias en farmacia clínica, atención farmacéutica, salud pública, trabajo interdisciplinar y tecnologías de la información y digitales.



Además, el RD detalla los nuevos programas de estudios mínimos para cada grado en el anexo III (subapartados 5.2.1, 5.3.1, 5.4.1 y 5.6.1). Así, introduce o refuerza materias como salud digital en Enfermería; genética, medicina regenerativa, salud pública odontológica y tecnologías digitales en Odontología; genética molecular, resistencia a antimicrobianos, bienestar animal, higiene alimentaria y prácticas supervisadas en Veterinaria; y tecnología biofarmacéutica, genética y farmacogenómica, farmacia clínica, atención farmacéutica, farmacia social, salud pública y farmacoeconomía en Farmacia.




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