El Undécimo Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda de indemnización presentada en contra de una empresa inmobiliaria por defectos en la construcción de un departamento en la comuna de Las Condes.
En la sentencia (rol 30.204-2019), el juez Patricio Hernández Jara estableció que hay responsabilidad de la empresa por faltas en la construcción.
“Habiéndose establecido en los hechos de la causa, el daño sufrido por el actor y la relación de este con la deficiencia en los elementos constructivos por parte de la demandada, específicamente en los elementos constructivos de la piscina del sexto piso del edificio Piacenza 1137, los cuales no previeron la propagación del ruido hacia el departamento del actor que se encuentra ubicado en el piso inmediatamente inferior, generando que al usar la piscina dicho ruido repercutiera de manera tal en dicha unidad habitacional, que este superare los niveles máximos de presión sonora establecidos por la Ordenanza sobre sonidos y ruidos molestos de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, la cual se remite a los niveles establecidos también en el D.S. 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, mientras que, la vibración generada supera el umbral de percepción humana y los límites permisibles según la norma técnica bajo la cual el perito analizo dicha anomalía. por el que, la demandada es objetivamente responsable, de acuerdo con el régimen de responsabilidad estricta aplicable a la acción demandada en autos, cabe pronunciarse, entonces, sobre los daños específicos pretendidos y el monto en que su reparación se estima procedente”, concluye el fallo.