Varias personas me han preguntado cómo es posible que el gobierno baje los impuestos a los “más ricos” cuando, al mismo tiempo, declara no tener recursos suficientes para paliar los efectos del alza en el precio del petróleo. Esta situación da la impresión de que se premia a quienes tienen más, mientras no se protege adecuadamente a quienes tienen menos.
Aunque este planteamiento suena evidente, las políticas aplicadas tienen una relación directa y responden a lógicas distintas.
En efecto, la política de rebajar la tasa de los contribuyentes del Impuesto a la Renta de Primera Categoría (IRPC) acogidos a las normas de la letra A del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta —es decir, quienes se encuentran en el régimen denominado “semi integrado”— desde el 27% actual a un 23% futuro implica, evidentemente, una menor recaudación, pero solo en términos nominales.
Actualmente, nuestra carga tributaria aplicable a las empresas es una de las más altas entre los países de la OCDE. Este hecho constituye un antecedente que puede desincentivar proyectos de inversión y, al mismo tiempo, afectar negativamente la rentabilidad esperada de diversos emprendimientos. Por ello, la reducción de la tasa impositiva puede interpretarse como una señal o estímulo hacia los inversionistas, al disminuir sus costos tributarios, aumentar la utilidad esperada y, en consecuencia, mejorar la rentabilidad de sus planes de inversión.
De esta forma, la propuesta de rebaja de la tasa impositiva representa un potencial estímulo a la inversión y una expectativa de mayor actividad económica que, en el mediano plazo, podría traducirse en una mayor recaudación fiscal al ampliarse la base sobre la cual se aplicará una tasa de impuestos ya reducida.
¿Significa esto que se está beneficiando principalmente a las grandes empresas? La respuesta es sí y no.
Sí, porque las grandes empresas —que representan aproximadamente el 1% del total— se encuentran mayoritariamente en el régimen semi integrado y, por lo tanto, recibirán directamente el beneficio. Sin embargo, también se verán favorecidas numerosas pequeñas y medianas empresas.
Según datos del Servicio de Impuestos Internos, alrededor de 115 mil empresas están acogidas a este sistema. No obstante, solo una 15 mil corresponde a grandes empresas, mientras que una cantidad significativa corresponde a pymes, es decir, empresas cuyos ingresos anuales no superan las 100 mil unidades de fomento —aproximadamente 3,9 mil millones de pesos por ejercicio comercial—.
Estas pymes se mantienen en este régimen por diversas razones: en algunos casos por desconocimiento; en otros, porque no cumplen los requisitos legales necesarios para acceder a mecanismos que generan una menor carga tributaria; y, en ciertos casos, porque desarrollan actividades que el legislador ha decidido excluir de beneficios tributarios, como ocurre con la obtención de rentas pasivas.
Otro elemento relevante es que la menor recaudación teórica derivada de la rebaja de tasas se materializaría recién en abril del próximo año. Por ello, el anuncio —que se espera se convierta en ley en un plazo razonable— actúa hoy como una señal anticipada destinada a incentivar la inversión y promover proyectos que generen mayores utilidades en el futuro.
En cambio, las medidas destinadas a modificar el Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles (MEPCO) buscan aliviar el estrés financiero inmediato que enfrenta el gobierno respecto de los recursos líquidos disponibles para su operación diaria. Según se ha informado, el actual sistema genera una menor recaudación estimada entre 140 y 160 millones de dólares semanales.
Conviene recordar que el MEPCO no es un sistema que genere ingresos directos al Estado, sino un mecanismo que amortigua —y que no elimina— los efectos de las variaciones en el precio del petróleo. Cuando el precio aumenta, se reduce o se suspende el impuesto específico a los combustibles; cuando disminuye, dicho tributo vuelve a aplicarse con el fin de generar recursos que alimenten el fondo destinado a este propósito.
De esta forma, se trata de instrumentos cuyos efectos fiscales se verifican en momentos distintos. La eventual rebaja de la tasa del IRPC producirá efectos en la recaudación recién en abril del próximo año, aunque busca estimular desde ahora la inversión privada. Por su parte, la modificación al MEPCO tiene por objetivo producir efectos en el muy corto plazo, particularmente en materia de liquidez fiscal.
En definitiva, la reducción de la tasa del impuesto a la renta constituye una apuesta económica: se confía en que el aumento de la base imponible generará recursos fiscales más significativos que la menor recaudación derivada de la disminución de la tasa desde el 27% al 23%.
Sin embargo, como toda apuesta, implica un riesgo. Si el sector privado no responde a este estímulo mediante mayores niveles de inversión y, en cambio, destina la rebaja tributaria únicamente a incrementar sus utilidades, el escenario fiscal podría volverse complejo para las finanzas públicas.
Esperemos que no sea ese el escenario que debamos enfrentar en el futuro.
Prof. Germán R. Pinto Perry
Director Programas de Especialización Tributaria
Centro de Investigación y Estudios Tributarios NRC
Universidad de Santiago