Sin duda, el actual gobierno llegó con mucha energía y ha estado trabajando en distintos frentes impulsado por el programa por el cual fue ampliamente respaldado en diciembre pasado. En ese contexto, la materia económica —y, dentro de ella, la tributaria— constituye un claro ejemplo, a propósito de las 40 medidas anunciadas con el objetivo de reactivar la economía y superar el déficit estructural heredado de la administración anterior. Sin embargo, este entusiasmo también ha generado algunos problemas.
Un ejemplo de ello ha sido el anuncio de eliminar el IVA a la venta de viviendas nuevas, el cual provocó una reacción inmediata en compradores que ya habían firmado promesas de compraventa, en potenciales interesados e incluso en personas que estaban a punto de suscribir las respectivas escrituras.
No debemos olvidar que los anuncios de rebajas de precios o de condonación de deudas generan efectos inmediatos en el comportamiento de las personas, quienes tienden a postergar decisiones o suspender pagos. Basta recordar las expectativas que generaron, en su momento, los anuncios de condonación del CAE.
En el caso particular del sector inmobiliario, que inicialmente recibió con entusiasmo la medida, se ha observado durante la última semana una congelación en las decisiones de compra y una caída en las ventas de entre 30% y 40%. A ello se suma la crítica respecto de deficiencias relevantes en el anuncio, como la falta de claridad en los plazos de implementación, en los segmentos beneficiados y en la eventual existencia de topes de precio. Por lo mismo, el sector ha comenzado a demandar mayor celeridad en la tramitación legislativa, a fin de otorgar certezas al mercado.
El problema es que la legislación tributaria no se caracteriza precisamente por su rapidez. Si bien una eventual ley que rebaje el IVA podría entrar en vigencia a contar del primer día del mes siguiente a su publicación, el proceso para llegar a ese punto suele ser largo.
La experiencia reciente así lo demuestra. Las leyes impulsadas con motivo de procesos de reconstrucción tras catástrofes naturales han demorado, en promedio, alrededor de cuatro meses. En tanto, la Ley N° 19.738, del año 2000 —primera gran norma contra la evasión y elusión— tuvo una tramitación cercana a un año. Por su parte, la reforma tributaria del segundo gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet se aprobó en aproximadamente cinco meses, tras un tratamiento expedito en la Cámara de Diputadas y Diputados, aunque con una intensa negociación en el Senado (la emblemática “cocina”) Paradójicamente, la ley que posteriormente simplificó ese sistema requirió cerca de 18 meses de discusión.
A lo anterior se suma un factor adicional: si la modificación del IVA se tramita conjuntamente con otras medidas —como la rebaja de la tasa del Impuesto de Primera Categoría de 27% a 23%— es probable que el debate se entrabe en discusiones con una carga más ideológica que técnica, prolongando innecesariamente su aprobación.
Una alternativa para otorgar mayor certeza —y, al mismo tiempo, incentivar una pronta tramitación— sería incorporar una disposición transitoria que extienda los efectos de la rebaja a todas las promesas de compraventa celebradas desde la fecha del anuncio. Este mecanismo no es novedoso y ha sido utilizado en otras reformas que han otorgado beneficios tributarios, como ocurrió en su momento con la eliminación del impuesto al mayor valor en la enajenación de acciones con presencia bursátil.
En definitiva, resulta aconsejable que la autoridad económica actúe con mayor cautela al momento de realizar anuncios, considerando la complejidad del proceso legislativo en materia tributaria, la diversidad de posiciones en juego y los efectos concretos que estas señales generan tanto en los contribuyentes como en sectores específicos de la economía, como el inmobiliario. Evitar situaciones de hecho como las observadas —que han derivado en una significativa caída de las ventas— parece no solo prudente, sino necesario en el actual contexto económico.
Prof. Germán R. Pinto Perry
Director Programas de Especialización Tributaria
Miembro de Fundación de Estudios Sistémicos Integrados Tributarios – FESIT -
Universidad de Santiago