Justicia decreta la retención de bienes en contra de Inversiones San Antonio Limitada e Inversiones Monterey Limitada

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Fondo de Inversión Capital Estructurado I, administrado por Larraín Vial Activos, comunicó a  través de un hecho esencial que por resolución emitida el 2 de abril pasado, el séptimo Juzgado Civil de Santiago dio curso y decretó, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 290 N°3 del Código de Procedimiento Civil, la medida prejudicial precautoria de retención de bienes solicitada por el Fondo en contra de Inversiones San Antonio Limitada e Inversiones Monterey Limitada.


Larraín Vial Activos precisó que dicha medida prejudicial precautoria recae sobre el dinero y/o aquellos documentos con que se pague o con que respalde el pago de saldos de precio que le corresponde indirectamente a Inversiones San Antonio Limitada y a Inversiones Monterey Limitada con ocasión de la venta de las acciones en Grupo Patio SpA de Inversiones Santa Teresita SpA, Inversiones Patio SpA y Fondo de Inversión Privado 180, por un monto equivalente a 252.000 Unidades de Fomento.


Lo anterior, consignó la sociedad en el escrito, “con la finalidad de asegurar que las futuras demandadas Inversiones San Antonio Limitada e Inversiones Monterey Limitada puedan efectivamente cumplir una eventual sentencia judicial de término que resuelva la participación indirecta que le corresponde al Fondo en Grupo Patio SpA a la luz de los documentos suscritos para tales efectos."


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