L​a verdad en los hechos y el derecho en el hotel de Punta Piqueros

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Punta piqueros

Para simplificar, esta es una historia en tres actos.


Primer acto. Hace más de 10 años, la Municipalidad de Concón dio permiso a un particular para construir un hotel sobre las rocas en el borde costero, en la zona conocida como Oreja de Burro. Desde el primer momento, esta Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar dijo públicamente que ese permiso era nulo, estaba viciado y se había basado en una curiosa excepción a lo establecido en el plano regulador que protege el borde costero.


Luego de más de una década de acciones legales y administrativas, todos los fallos, resoluciones y dictámenes de la Corte Suprema, del Tribunal Ambiental, de la Contraloría General de la República y del Tribunal Constitucional, dicen lo mismo: el permiso dado por la Municipalidad de Concón a la inmobiliaria para construir el hotel Punta Piqueros es ilegal en su origen. La propia Corte Suprema lo declaró nulo en cuatro oportunidades, instruyendo la última vez, en el año 2022, a la Seremi de Vivienda para proceder a iniciar el procedimiento de la eventual demolición total o parcial de la obra.


Como es habitual, esta Corporación debió presentar innumerables y fundados antecedentes técnicos, ambientales, socio ambientales y jurídicos durante la tramitación de esta causa en toda esta década de defensa, los cuales fueron financiados íntegramente por la Fundación Yarur Bascuñán, institución cultural y patrimonial que tiene una larga defensa ambiental en el borde costero y las dunas de Concón y Viña del Mar.


Para decirlo con más claridad, la Municipalidad de Concón (con acuerdo de su Concejo según la Ley Lorca) dio un permiso de construcción de un hotel que provocó un grave daño ambiental en el borde costero y que implicaba riesgos para los futuros pasajeros del hotel, ante lo cual estas dos únicas organizaciones la Corporación pro Defensa y la Fundación, debieron realizar una extensa y costosa defensa del patrimonio ambiental, comunitario y del borde costero. En esa defensa no participó ninguna autoridad municipal, ni medioambiental y, tampoco, ninguna otra organización. Solo la Corporación y la Fundación.


Segundo acto. Como el edificio ya está construido y los tribunales ya resolvieron que no puede ser un hotel, porque ese permiso es nulo, se inició un proceso en que las partes involucradas, Inmobiliaria, Municipio y la Corporación como tercero coadyuvante (causa ICA Valpo. Rol 49-2021) buscaban una solución que no implicara la demolición total, que traería un nuevo daño ambiental superior al inicial. El acuerdo fue que el edificio será un espacio abierto a la comunidad (cafetería, co-working, centro de investigación, consultas médicas, galería de arte, etc.), que no será hotel y que se someterá a la normativa vigente y el Plan Regulador Comunal de 2017, lo que implica una demolición parcial de dos pisos con una técnica no invasiva, cumpliendo así con la altura del instrumento regulador comunal (señalado en las Bases del Acuerdo punto 2, por lo que no es “original” la “solución” que ahora proponen otros). La redacción del acuerdo alcanzado fue conocido, observado y en definitiva aprobado por la Municipalidad de Concón, la inmobiliaria dueña del edificio y esta Corporación, aprobándose, luego de sucesivas modificaciones a petición del municipio, incluso un escrito para ser presentado en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, y un comunicado de prensa con declaraciones favorables de las máximas autoridades comunales.


Dentro del acuerdo, también se aprobó que la inmobiliaria invertiría UF 9.700 en obras a favor de la comunidad y se haría cargo de UF 2.357 por informes en derecho presentados en los juicios, UF 5.584 por informes técnicos y socio ambientales presentados en los juicios y UF 5.909 por defensa jurídica ambiental y gastos procesales, por todos los procesos judiciales, administrativos, ambientales, constitucionales, etc., durante estos más de 10 años. Vale la pena decir que es evidente que los costos financiados por la Fundación (estudios, informes, etc.) en esta década de defensa ambiental del borde costero y las dunas superan ampliamente esas cifras, y que la Fundación no tiene ningún interés económico o comercial en esa zona.


Y tercer acto. El concejo de la Municipalidad de Concón, este miércoles pasado, se dio una vuelta de carnero, inexplicable, y borró con el codo lo que había acordado. No solo eso, sino que se opuso a buscar una solución a un problema que ella mismo creó, al haber otorgado un permiso de edificación declarado ilegal (eso ya lo dijo la Corte Suprema) para construir un hotel en el borde costero.


Para decirlo con más claridad, a la Municipalidad de Concón, al parecer, nunca le interesó la protección ambiental de ese borde costero, porque no solo otorgo un permiso ilegal (que destruyó parte del borde costero), sino que al declararlo nulo el máximo Tribunal el año 2013, la Municipalidad hizo caso omiso, tanto es así que se necesitaron 4 fallos más para se cumpliera lo dictaminado. Por extensión, esta actitud de la Municipalidad de Concón hace dudar, a su vez, de sus reales intenciones en orden a proteger ambiental y urbanísticamente las milenarias dunas de Concón, porque ella otorgó permisos de construcción sobre y alrededor del campo dunar, que también permitieron su depredación y destrucción; y aun ahora defiende en la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso (en causa rol ICA 1-2021) la irregular actuación de las ex autoridades comunales, particularmente del ex Director de Obras Municipales de Concón, que se encuentra formalizado.


Las sentencias, dictámenes y resoluciones judiciales, ambientales y administrativas definitivas que hoy protegen el borde costero y el Santuario Dunar de Concón son gracias a una larga y costosa defensa de más de 10 años, realizada en solitario por esta Corporación y la Fundación Yarur Bascuñán, que con valentía y generosidad ha liderado las acciones para que el borde costero y las milenarias dunas puedan ser recuperados a favor de toda la comunidad.


Estos son los hechos, estos son los fallos y resoluciones que decenas de documentos que confirman quienes somos los únicos que hemos estado más de 10 años en esta causa (la Corporación y la Fundación) sabemos que aquí no hay dos historias, ni tampoco epílogos, prólogos ni “soluciones” de terceros que no han estado en la defensa del borde costero y las dunas en estos 10 años.


Por ello es que pido publicar esta columna como derecho a réplica por la de Patricio Herman, titulada “Epílogo del hotel Punta Piqueros en Concón”.


Gabriel Muñoz, 

Abogado, Corporación Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar 

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