Puerto Ventanas S.A. informó en calidad de hecho esencial que “no existiendo un proceso de negociación colectiva en curso con el Sindicato N° 2” de la compañía “y encontrándose en plena vigencia el contrato colectivo de fecha 10 de noviembre de 2021 por el plazo de tres años, los trabajadores pertenecientes a dicho sindicato han dispuesto la paralización total de sus actividades, lo que ha impedido que la compañía pueda ejecutar sus laborales habituales”.
De acuerdo al escrito emitido el sábado a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), lo anterior configura un “evento de fuerza mayor o caso fortuito, que ha provocado la suspensión de las operaciones portuarias en todas las instalaciones de Puerto Ventana”.