De acuerdo con la Resolución Exenta N°6781, la sociedad infringió las obligaciones establecidas en la Norma de Carácter General N°30, al no enviar oportunamente a la CMF sus estados financieros correspondientes a marzo de 2025.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que su Consejo aplicó sanciones de multa a cinco bancos, por otorgar créditos a personas que figuraban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, sin cumplir con la Ley N°14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.
En fallo unánime (causa rol 136-2024), el tribunal de alzada confirmó la sentencia de base que condenó a la empresa al pago de una multa de 50 UTM, pero con declaración que la demanda por daño moral se incrementa prudencialmente de $200.000 a $500.000.
A modo de contexto, se estima que por cada persona que completa el proceso de reinserción, se evitaría hasta 520 delitos al año.
Por detectar una serie de incumplimientos de sus compromisos ambientales.