Comunicó en carácter de hecho esencial.
Informó como Hecho Esencial.
Informó a través de un hecho esencial.
Informó en calidad de hecho esencial.
Comunicó con carácter de Hecho Esencial.
Informó en calidad de hecho esencial.
Empresa Nacional de Minería (ENAMI) informó, en calidad de hecho esencial, que el 16 de agosto pasado, mediante decreto supremo del Ministerio de Minería, y a partir de esa misma fecha, se removió a Jaime Rubén Pérez de Arce Araya del cargo de vicepresidente ejecutivo de la compañía.
Informó en calidad de hecho esencial.
Se trata de 11 oferentes de créditos que aparentan ser regulados por la CMF y ofrecen créditos de forma fraudulenta y solicitan pagos previos para acceder a préstamos que posteriormente no son entregados, por lo que serán denunciados al Ministerio Público
Máximo Pacheco aseguró que el directorio que lidera siguió un riguroso proceso de búsqueda y selección del nuevo presidente ejecutivo, que debe liderar la ejecución de la estrategia y el plan de acción que se ha definido como compañía.
Por un monto total de US$35.000.000
La operación con partes relacionadas será sometida a votación en la Junta Extraordinaria de Accionistas, citada para el próximo 31 de agosto.
En Junta Extraordinaria celebrada ayer.
Además, tomó conocimiento y aceptó la renuncia de un director.
Conforme a la Ley N° 21.462, que “Crea un Fondo de Estabilización de Tarifas y Establece un Nuevo Mecanismo de Estabilización Transitorio de Precios de la Electricidad para Clientes Sometidos a Regulación de Precios.
Informó en calidad de hecho esencial.
Enel Generación Chile S.A. consignó que con fecha 2 de agosto de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.472 ( Ley MPC) la cual creó un fondo de estabilización de tarifas (FET) y estableció un nuevo mecanismo transitorio de estabilización de precios de la energía eléctrica para clientes sujetos a regulación de precios, por hasta US$1.800 millones, cuya vigencia se extenderá hasta que se extingan los saldos originados por aplicación la Ley MPC, lo cual no podrá ser en una fecha posterior al 31 de diciembre de 2032.Mediante la Resolución Exenta Nº 86 de 2023, modificada por la Resolución Exenta N° 334 de 2023, ambas emitidas por la Comisión Nacional de Energía, se establecieron, entre otras materias, ciertas disposiciones, procedimientos, plazos y condiciones para la adecuada implementación de la Ley MPC. Con motivo de la aplicación del mecanismo de estabilización de precios establecido bajo la Ley MPC y las Resoluciones Exentas, la Tesorería General de la República, por delegación efectuada por el Ministerio de Hacienda y en representación del FET, emitirá títulos de crédito transferibles a la orden, que permitirán a su portador cobrar la restitución de ciertos montos adeudados originados por la aplicación la Ley MPC y del mencionado mecanismo de estabilización de precios de la energía y los intereses reconocidos en los referidos Documentos de Pago, en las fechas que en ellos se establezcan.
Comunicó en carácter de Hecho Esencial.
Informó en calidad de hecho esencial.
Por pasivos relevantes en relación con su patrimonio que no estaban reconocidos en los estados financieros.