Patricio Cartagena



Patricio Cartagena

Los recientes episodios que han involucrado a Codelco —desde la controversia por la sobreestimación de cifras de producción hasta el debate jurídico con la Contraloría General de la República respecto del alcance de sus facultades de control sobre determinados actos societarios— han vuelto a instalar una discusión que trasciende ampliamente ambos casos. Más que revelar fallas puntuales de gestión, estos acontecimientos exponen una cuestión de política pública largamente postergada: si el modelo institucional mediante el cual el Estado ejerce la fiscalización de sus empresas mineras continúa siendo adecuado para organizaciones cuya escala, complejidad y relevancia estratégica distan considerablemente de aquellas para las cuales fue concebido hace casi cinco décadas.


Chile lleva dos décadas discutiendo la misma pregunta sin responderla con precisión: ¿qué hace que un sistema regulatorio sea verdaderamente capaz de sustentar decisiones de inversión de largo plazo? El debate público ha girado en torno a la velocidad de los permisos, la extensión de los plazos y la densidad burocrática de los procedimientos. Esas son variables reales, pero no son las más importantes. La experiencia acumulada en proyectos de minería, energía e infraestructura muestra que el problema de fondo no es la duración de los trámites, sino la solidez de las decisiones que los culminan.


El 18 de mayo de 2026, el Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputados el Mensaje N° 039-374, que propone modificar el Código de Minería y las leyes N° 21.420 y N° 21.649 en materia de amparo minero