Sr. Director,
Para Agustín Squella: “El único enfoque que debe tener un tribunal a la hora de conocer y fallar un asunto es la justicia. Los tribunales administran justicia…Es justicia la palabra clave, no género” (“Hablemos en off”, Radio Duna, 18.2.2022). Esta afirmación es un error, porque genera una expectativa que los jueces no están llamados a satisfacer, cual es hacer justicia, expectativa frustrada que explica la baja adhesión ciudadana de los tribunales.
Los jueces tienen como obligación constitucional aplicar el derecho (contenido en la constitución, la ley, los contratos) a los hechos tal como estos se encuentran probados en un juicio a través de testigos, documentos, peritajes u otras pruebas. El resultado de eso puede ser muy injusto. Si veo como Juan mata a mi hermano y eso no puede ser probado en juicio, Juan no será sancionado ¿es eso justo? Si el acreedor a quien se le ha pagado una deuda, igualmente demanda al deudor y este no puede probar con documentos el pago, va a ser condenado por un juez a pagar nuevamente ¿es eso justo? ¿Es justo que un criminal no sea condenado porque su delito se encuentra prescrito, esto es porque la posibilidad de sancionarlo se extinguió por el sólo paso del tiempo?
Es nuestra obligación explicar lo anterior, para que los ciudadanos actúen y evalúen a los jueces en consecuencia.
Rodrigo Mateluna Pérez
Abogado