Se aprueba reforma de estatutos de la CPC

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Con el fin de actualizar los estatutos que rigen a la Confederación de la Producción y del Comercio, en línea con los desafíos actuales y futuros que tiene la institución en el cumplimiento de su rol social, hoy se sometió a votación la reforma de estatutos liderada por su presidente, Juan Sutil. Entre las 11:00 y las 18:30 concurrieron a votar a la sede del gremio los integrantes del Consejo Nacional de la CPC, conformado por el presidente de la CPC; los ex presidentes de la CPC; los presidentes de la SNA, CNC, SONAMI, SOFOFA, CChC y ABIF; y 10 consejeros designados por cada rama. La reforma de estatutos de la CPC se aprobó por 63 votos a favor y 1 en contra. Los principales cambios son los siguientes:

- Se suprime de los estatutos la vicepresidencia rotativa y se crea un cargo de vicepresidente que será elegido conjuntamente con el presidente de la CPC, quienes postularán en una misma lista o dupla, y durarán dos años en sus funciones, sin reelección en sus respectivos cargos. Los candidatos a presidente y vicepresidente deberán contar con el patrocinio de la rama a la cual pertenecen. Las principales funciones del vicepresidente de la CPC, que pasará a formar parte del Comité Ejecutivo de la institución, son subrogar al presidente en caso de ausencia o impedimento temporal, y lo reemplaza en caso de fallecimiento, renuncia o imposibilidad definitiva. También está a cargo, junto con el presidente, de los temas gremiales nacionales, con especial foco en la relación de la CPC con las regiones.

- Se redefinen los requisitos para postular a los cargos de presidente y de vicepresidente de la CPC, señalando que estos deberán tener una trayectoria gremial, es decir, ser consejeros en ejercicio de una de las ramas o ser ex presidente de alguna de las ramas en los últimos dos períodos. En el caso de aquellas ramas que no cuenten con un Consejo, podrán ser candidatos quienes participen al menos los dos últimos períodos en las instancias de gobierno corporativo de sus asociados.

- Se estipula la creación de Instancias Colaborativas con Gremios Regionales vinculados a las Ramas de la CPC, que tendrán por objeto facilitar y complementar las tareas y programas de trabajo de la CPC en las regiones e impulsar iniciativas de desarrollo local, sirviendo de organismos coordinadores de los gremios que agrupan.

europapress