​B. Central abre consulta por marco regulatorio de Cámara de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Extranjera

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El Banco Central de Chile (BCCh), en el marco de sus competencias legales vinculadas con su mandato de velar por el normal funcionamiento de los pagos, abre para consulta pública un nuevo marco de regulación para establecer una Cámara de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Extranjera (CCAV FX).

Esta iniciativa se enmarca en la Agenda de Regulación Financiera anunciada por el BCCh en el Informe de Estabilidad Financiera (IEF) del segundo semestre de 2020, orientada a fortalecer la regulación aplicable a las infraestructuras de los mercados financieros; en este caso en relación con los procesos de compensación y liquidación de pagos interbancarios en moneda extranjera.

De acuerdo con esta nueva regulación, una o más entidades privadas podrían implementar una CCAV FX para realizar la compensación de los pagos originados en operaciones de cambios internacionales1, efectuadas en el mercado spot, correspondientes a compras y ventas de dólares de los Estados Unidos de América contra moneda nacional. Eventualmente, la regulación propuesta se pudiera ampliar a otras monedas dependiendo del interés y opiniones recabadas en este proceso de consulta.

A través del establecimiento de una CCAV FX, el BCCh busca promover algunos beneficios para el sistema financiero, entre los que se cuenta:

i) Canalizar el mercado cambiario local, que actualmente es Over the Counter, a través de una infraestructura que sigue las mejores prácticas internacionales (PFMI2, 2012).

ii) Coordinar un sistema de pagos bajo el estándar internacional Payment versus Payment (PvP) tanto a nivel de compensación como de liquidación entre los participantes, asegurando que el tramo peso sólo se liquide una vez que el tramo dólar también lo haga, mitigando de esta manera el riesgo de liquidación presente en este tipo de transacciones.

iii) Desarrollar un sistema de pagos robusto para operaciones cambiarias locales, que se complementaría con la futura operación del peso chileno en el Sistema Continuous Linked Settlement (CLS), el que tiene el potencial de liquidar operaciones transfronterizas.

iv) Mejorar la gestión de liquidez de los bancos, con menor riesgo operacional y financiero, además de la potencial reducción de activos para cálculo de los Activos Ponderados por Riesgo (posiciones netas en vez de brutas, incorporación de mecanismo PvP).

Adicionalmente, a través de esta reestructuración normativa se acordó fortalecer los requerimientos prudenciales aplicables a la Cámara de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Nacional vigente.

El marco de regulación que el BCCh tiene previsto incorporar a su Compendio de Normas Financieras (CNF) para sustentar el funcionamiento de esta infraestructura, los siguientes cuerpos normativos reemplazarán el Capítulo III.H.5 vigente:

▪ Capítulo III.H.5 “Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor”, que establece los lineamientos generales para este tipo de Cámaras, sus componentes, procesos de gestión de riesgos y requisitos tanto para la compensación en moneda nacional como en moneda extranjera.

▪ Capítulo III.H.5.1 “Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Nacional” que establece lineamientos específicos aplicables a la compensación de instrucciones de transferencias de fondos (ITF) en moneda nacional.

▪ Capítulo III.H.5.2 “Cámaras de Compensación de Pagos de Alto Valor en Moneda Extranjera”, que establece lineamientos específicos aplicables a la compensación de ITF provenientes de transacciones spot peso-dólar.

Una explicación más detallada de los objetivos de la regulación contenida en los capítulos mencionados se presenta en la minuta explicativa que se adjunta a esta nota.

El marco normativo propuesto permanecerá en consulta pública a contar de su publicación en el sitio web institucional hasta el día 15 de febrero, inclusive. Los interesados en efectuar comentarios a la propuesta pueden enviarlos a la Gerencia de Infraestructura y Regulación Financiera del BCCh, vía oficina de partes, a Agustinas 1180, Santiago, o bien al correo electrónico consultaCAMARAFX@bcentral.cl.

europapress