​Fallo por colusión: SMU remarca “su profunda convicción de no haber participado en la coordinación de precios”

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SMU S.A. se refirió a la sentencia dictada ayer por la Corte Suprema que pone término al caso supermercados, iniciado en enero de 2016, condenando a la compañía, Cencosud, y Walmart por colusión en el mercado de la carne de pollo fresca.

A través de un hecho esencial firmado por el gerente general de SMU, Marcelo Gálvez Saldías, la firma manifestó “su profunda convicción de no haber participado en la coordinación de precios que se le imputó en los hechos investigados, los que se remontan a los años 2008 al 2011, en los que SMU recién iniciaba su existencia como competidor en la industria supermercadista. En cumplimiento del fallo, la sociedad procederá a contabilizar la provisión adicional en los estados financieros del primer trimestre, como un hecho posterior, considerando el aumento de la multa cursada.”

Cabe consignar que según apuntó la Fiscalía Nacional Económica (FNE), “tomando en consideración la gravedad de la conducta”, el máximo tribunal estimó que ‘el perjuicio causado por los actos colusorios resulta merecedor de un castigo pecuniario ascendente al doble de las multas que vienen fijadas por el TDLC”. De este modo, determinó que Cencosud deberá pagar 11.532 Unidades Tributarias Anuales (UTA, equivalentes a US$ 8,2 millones); SMU, 6.876 UTA (US$ 4,9 millones) y Walmart, 11.160 UTA (US$ 7,9 millones), todo a beneficio fiscal. Lo anterior, significó pasar de un total de 13.947 UTA impuestas por el TDLC, a 29.568 UTA.

europapress