​SII: Declaración Mensual de IVA podrá realizarse hasta el 31 de octubre

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El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que debido a las manifestaciones sociales e incidentes que han ocurrido en el país durante los últimos días, resolvió condonar a los contribuyentes clasificados como microempresas, pequeñas empresas, medianas empresa y personas, los intereses y multas por el retardo en la declaración y pago o solo en la declaración en los casos en que se ejerza el beneficio de postergación de pago, de los impuestos que debían declararse y/o pagarse por el periodo tributario de septiembre de 2019, a que se refiere el artículo 64 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Decreto Ley N° 825, de 1974.

Asimismo, dispuso la condonación de los intereses y multas por el retardo en la declaración y pago de los impuestos del período septiembre de 2019, a que se refieren los artículos 74, 78, 79, 84 y 91 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo primero del Decreto Ley N° 824, de 1974, a los contribuyentes señalados en el resolutivo anterior.


La entidad apuntó que las condonaciones a que se refiere esta resolución, regirá para la Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos o Declaración, según corresponda, que se efectúe por internet a través de los Formularios números 29 y 50 del Servicio de Impuestos Internos y se aplicarán de forma automática, esto es, se otorgarán en línea, al momento del envío de la declaración respectiva, dentro de un plazo que no podrá exceder más allá del 31 de octubre de 2019.

europapress