La reducción gradual del impuesto de primera categoría, desde el 27% hasta el 23%, suele leerse como una señal favorable para la inversión. Una menor tasa permite que una empresa retenga una mayor proporción de sus utilidades, pero ese alivio no determina por sí solo qué hará con los recursos disponibles. Entre pagar menos impuestos y generar nueva actividad económica hay una decisión empresarial que depende de otras variables.
La diferencia importa porque las empresas no toman sus decisiones mirando únicamente la tasa corporativa. También consideran sus necesidades de caja, el costo y acceso al financiamiento, la rentabilidad esperada de nuevos proyectos y las necesidades de sus propietarios. Una compañía que requiere capital para expandirse puede destinar el ahorro tributario a inversión; otra, con deuda elevada o socios que necesitan retirar utilidades, puede utilizarlo de otra manera.
Por eso, el efecto de una rebaja tributaria no debería evaluarse solo por cuánto disminuye la carga de las empresas, sino también por los incentivos que crea y las decisiones que finalmente modifica. El mismo alivio puede traducirse en más inversión, en una mejora de liquidez, en reducción de deuda o en mayores distribuciones a los propietarios. Cada resultado tiene consecuencias económicas distintas.
La interacción con la tributación de los socios también importa. La tasa que paga la empresa es una parte de la ecuación; el resultado para sus propietarios depende del tratamiento tributario aplicable cuando las utilidades se retiran o distribuyen. Analizar la rebaja de manera aislada puede llevar a sobreestimar su efecto sobre el capital disponible para invertir.
Esto no resta relevancia a reducir la carga tributaria ni supone que las empresas deban reinvertir todas sus utilidades. Distribuir recursos puede ser una decisión razonable para los propietarios y la inversión depende de que existan proyectos rentables. La cuestión es distinguir entre mejorar la rentabilidad después de impuestos y conseguir que esa mejora se convierta en nueva capacidad productiva.
Esa distinción también debería orientar la evaluación de la reforma. Si el objetivo es impulsar la inversión, conviene observar no solo el cambio en la recaudación o en la tasa efectiva, sino la evolución de la formación de capital, la reinversión y la puesta en marcha de proyectos. Esos resultados responden a múltiples factores, por lo que no pueden atribuirse automáticamente a una rebaja tributaria; pero permiten discutir si el incentivo está contribuyendo al propósito que lo justifica.
También conviene distinguir entre el ahorro inmediato y la decisión de largo plazo. Un proyecto productivo no se aprueba solo porque mejore su retorno en el papel: requiere demanda, permisos, financiamiento y condiciones suficientemente previsibles para comprometer recursos durante años. La rebaja puede inclinar la evaluación, pero difícilmente compensará por sí sola la ausencia de esas condiciones.
La política tributaria modifica los cálculos de las empresas, pero no reemplaza sus decisiones ni las condiciones que hacen viable una inversión. Una menor tasa puede liberar recursos y mejorar el retorno esperado de un proyecto. Que esos recursos se conviertan en inversión dependerá de la rentabilidad, el financiamiento y las oportunidades disponibles.
La rebaja tributaria es, por tanto, un punto de partida, no el resultado. Su impacto económico se conocerá observando qué decisiones cambia y qué actividad logra generar.
Carla Huerta
Abogada tributaria