La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que su Consejo sancionó a dos bancos, por otorgar créditos a personas que figuraban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, sin cumplir con la Ley N°14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.
La Ley N°14.908 establece que las instituciones financieras deben consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos al momento de otorgar un crédito y, en caso de que el solicitante figure como deudor de pensiones, retener hasta el 50% del crédito otorgado para destinarlo al pago de las pensiones adeudadas.
Las sanciones aplicadas, en función de los montos no retenidos, son las siguientes:
Banco Santander-Chile, multa de UF 2.656,46. Resolución N°8942.
Banco de Chile, multa de UF 238,14. Resolución N°8941.