Bruselas expedienta a España por no aplicar la ventanilla única de información financiera

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La Comisión Europea ha informado este viernes del inicio de un procedimiento de infracción contra España por no haber trasladado a su legislación nacional la reforma comunitaria que crea una plataforma que funcione como punto único de acceso (ESAP, por sus siglas en inglés) a la información pública financiera y productos de inversión de la Unión Europea para ayudar a lograr los objetivos de la Unión de Mercados de Capitales.



El objetivo de esta norma es centralizar la información pública sobre empresas y productos financieros de toda la UE y, aunque los Estados miembro tenían hasta enero de este 2026 para transponer la norma, España y otros 18 países no lo han hecho, razón por la que Bruselas les ha enviado la carta de emplazamiento que supone el inicio del expediente sancionador.



Con este primer paso, el Ejecutivo comunitario abre un plazo de dos meses para que el Estado miembro incumplidor tome las medidas necesarias para ponerse al día con la legislación comunitaria.



De no hacerlo, los servicios comunitarios podrán dar paso a la segunda fase del proceso, que pasa por el envío de un dictamen motivado y que da un nuevo plazo de meses para el diálogo antes de abordar la tercera y última fase, que permite a Bruselas denunciar al país ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).



RETRASOS TAMBIÉN EN LA DIRECTIVA SOBRE REQUISITOS DE CAPITAL


En paralelo, el Ejecutivo comunitario ha anunciado un segundo expediente sancionador contra un grupo de países entre los que también se encuentra España por el retraso en la transposición de la directiva modificatoria sobre requisitos de capital, en lo referente a las facultades de supervisión, las sanciones, las sucursales de terceros países y los riesgos ambientales, sociales y de gobernanza.



Bruselas advierte de se trata de una actualización importante del marco bancario de la UE que tiene por objeto armonizar las normas para la prestación de servicios bancarios por parte de empresas de terceros países en la UE, sometiéndolas a un conjunto de requisitos mínimos y normas mínimas armonizadas para la prestación de servicios.



En ese caso, de nuevo el plazo para aplicar los cambios a la legislación nacional de los Estados miembro expiró el pasado 10 de enero, por lo que la Comisión Europea ha dirigido a España y otros países una carta de emplazamiento requiriendo las medidas necesarias para ajustar sus leyes a las europeas.




europapress