La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informa que su Consejo aplicó sanción de multa de UF 617,98 a Banco de Chile, por otorgar créditos a personas que figuraban en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos (RNDPA).
En los casos considerados en la Resolución de N° 4949 de la CMF, el banco no cumplió con la obligación de oportuna consulta al RNDPA, retención y pago, establecidas en la Ley N°14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias.
La Ley N°14.908 señala que las instituciones financieras deberán consultar el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos al momento de otorgar un crédito y, en caso de que el solicitante figure como deudor de pensiones de alimentos, retener hasta el 50% del crédito otorgado para el pago de las pensiones adeudadas.