Fondo de Inversión Larraín Viual Harbourves Ex- Us eligió a miembros del Comité de Vigilancia

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Larraín Vial Activos

Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos, sociecad administradora del Fondo de Inversión Larraín Viual Harbourves Ex- Us, comunicó que con fecha 20 de mayo pasado se celebraron la Asambleas Ordinaria de Aportantes del Fondo, en la cual se acordó, entre otras materias, aprobar la cuenta anual del Fondo relativa a su gestión y administración y los Estados Financieros del mismo; y dejar constancia de que, considerando los resultados del Fondo informados en la asamblea, el Fondo no contaba con Beneficios Netos Percibidos en el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2024 susceptibles de ser distribuidos como dividendos.   Asimismo, se informó que los dividendos provisorios que se repartieron durante el año 2024 por un monto total de MEUR 4.264, se imputaron a los Beneficios Netos Percibidos acumulados de ejercicios anteriores.


Se aprobó, además, la cuenta anual del Comité de Vigilancia;y se eligió a los miembros del mismo, el cual quedó integrado por Fernando Rodríguez Taborga, Christian Blomstrom Bjuvman y  Jorge Sepúlveda Torres.


En Asamblea Extraordinaria del Fondo, en tanto, se aprobó acoger al Fondo al Beneficio Tributario establecido en el artículo 82° N° 1, letra B numeral iii) de la Ley N° 20.712 sobre Administración de fondos de terceros y carteras individuales, acordándose en consecuencia la creación de una serie de cuotas del Fondo, aumentar el capital de éste y modificar el Reglamento Interno del Fondo en lo pertinente. 


La unanimidad de los aportantes acordó renunciar al periodo de opción preferente en relación con el aumento de capital aprobado.


A sui vez, se aprobó una disminución de capital por hasta el 100% de las cuotas suscritas y pagadas del Fondo, la cual se materializará en una o más parcialidades, que se informarán oportunamente por la administradora a los aportantes según se indica en el número DOS. del Título X del Reglamento Interno del Fondo, en la medida que se cuente con los recursos suficientes para proceder a la disminución y en la medida que la administradora determine que existen excedentes suficientes para cubrir las necesidades de caja del Fondo.

europapress