​Reforma laboral: a fortalecer confianzas

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Defensores y detractores de la reforma laboral vigente desde abril 2017, difieren respecto de si esta normativa requiere de mayor madurez para poder efectuar una evaluación más profunda de sus reales efectos en la empresa y en la economía. Por el momento, subsiste la percepción empresarial que las relaciones laborales se han “rigidizado” producto de esta reforma, mientras que para otros, esta normativa viene a poner al día a nuestro país en el concierto internacional en materia de resguardar los derechos laborales de las personas y de las organizaciones sindicales que los representan.

Lo relevante es que esta normativa es un hecho y que requiere de las partes un involucramiento especial para que su desarrollo sea eficaz y coherente con los desafíos de cada empresa, en beneficio de todos los involucrados y del país, más allá del anuncio gubernamental respecto de ajustes importantes a esta legislación, cuyo debate seguirá el proceso democrático que corresponde.

Más allá de esta contingencia o discusión, parece necesario relevar aquellos aspectos informativos y técnicos de esta normativa que se debieran considerar en toda su profundidad para aprovechar la norma laboral como un apoyo o palanca al crecimiento de la compañía y no como una traba.

Para ello, se hacen presente dos elementos de la regulación laboral que en la práctica, debieran reforzarse tanto en la forma como en el fondo. La referencia concreta está orientada a las obligaciones de información del empleador (anuales o con motivo de procesos de negociación colectiva) y al tema de concordar los servicios mínimos y los equipos de emergencia con los Sindicatos.

La entrega de información por parte del empleador no debiera revestir solamente el carácter de una obligación legal sujeta a la fiscalización de la Dirección del Trabajo y, eventualmente de los tribunales, sino que debe contar con una visión completa del estado del negocio. Más allá del cumplimiento administrativo de la norma, parece del todo aconsejable aprovechar la oportunidad para objetivar y hacer una amplia difusión del estado del negocio y de sus desafíos de mediano y largo plazo.

Un análisis completo con una adecuada explicación, sin duda favorecería un clima de comprensión y de transparencia necesaria para robustecer relaciones laborales de confianza y, sobre todo, de colaboración, con los Sindicatos. Esta herramienta podría ser fundamental al momento de mitigar riesgos de conflictos o de huelga. Lo anterior por cuanto resulta posible anticipar que teniendo conocimiento el personal de la empresa de los aspectos relevantes de la gestión comercial o financiera de la empresa, podrán comprender mejor los beneficios a obtener o los desafíos a llevar a cabo, en beneficio de todos y todas. Por ello, incluso, los requerimientos legales más exigentes de entrega de información por parte de las grandes empresas, debieran ser replicados, en la medida de lo posible, por las medianas y pequeñas empresas.

Para ello, incluso debiera pensarse que la entrega de este tipo de información (presupuesto, balance, estado de resultados, proyectos de inversión, costos y valorización de beneficios colectivos) debiera realizarse en base a presentaciones formales, en un contexto de un ritual participativo y no meramente informativo, además de efectuarse en todas las oportunidades que el negocio lo requiera y que la empresa lo necesite (no sólo una vez al año).

Por otra parte, un cumplimiento de entrega de información del estado del negocio hecho de manera formal, de manera amplia y extendida a toda la empresa, con detalle y bien explicado en su contexto presente y desafíos futuros, impactaría positivamente para facilitar un acuerdo en materia de servicios mínimos y equipos de emergencia, ante un eventual escenario de huelga. Los servicios mínimos y equipos de emergencia han tenido notoriedad económica y política, pero subsiste el riesgo de transformar esta herramienta normativa eminentemente técnica, en un “gallito” entre las partes, a todas luces inconducente y desgastador sin todavía haber entrado a negociar el instrumento colectivo correspondiente.

En efecto, los servicios mínimos y la definición de equipos de emergencia no deben estar sometidos a un proceso de diferencias sustanciales si las partes y particularmente el empleador, ha configurado un escenario de oportuna y permanente entrega de información relevante del negocio de manera transparente. Los servicios mínimos, en ese sentido entonces, debieran enmarcarse en un acuerdo de contenidos técnicos que se acuerda en base a un proceso relacional de confianza y colaborativo que se funda en la entrega de información periódica y transparente del negocio.

Como se ha mencionado, en un contexto actual de anuncios gubernamentales en orden a introducir ajustes a la normativa laboral, cabe hacer presente que los ejecutivos, directivos, profesionales y trabajadores/as de las empresas, tienen una enorme responsabilidad para reforzar relaciones de colaboración que permitan generar valor al negocio y alcanzar necesarios aumentos de productividad. Ello facilitará el avance hacia nuevas modernizaciones como generar una mayor flexibilidad laboral, optimizar la distribución de jornada y fortalecer la regulación para favorecer el teletrabajo. Mejor información a los trabajadores y trabajadoras genera mayor confianza y con mejores niveles de confianza es posible una mejor convivencia al interior de las empresas, lo que facilita una relación laboral de colaboración para el logro de los objetivos de la compañía en beneficio de todos y todas.


Luis Bernal 

Abogado

europapress