A diferencia del retiro programado, esta modalidad traspasa los riesgos de rentabilidad en los mercados y longevidad –la probabilidad de que el afiliado viva más de lo esperado– a la compañía de seguros. Además, al pagarse en UF, neutraliza el impacto de la inflación.
En su reunión del 19 de mayo, el Consejo de Estabilidad Financiera abordó el impacto que estas propuestas tendrían para el normal funcionamiento del sistema financiero.
Las tablas de mortalidad se utilizan para calcular la pensión de las y los afiliados y beneficiarios que hayan optado por retiro programado, para determinar las reservas técnicas que las compañías de seguros de vida deben constituir para respaldar las rentas vitalicias de las y los asegurados y beneficiarios que optan por dicha modalidad, y para calcular los aportes adicionales que las aseguradoras deben efectuar para las pensiones de invalidez y sobrevivencia.
“Un capital debilitado aumenta la probabilidad de que las compañías no puedan pagar las pensiones y otros seguros contratados por millones de personas”, dijo Solange Berstein.
Joaquín Cortez dijo que las iniciativas podrían afectar la capacidad de las compañías de seguros de vida para cumplir con el pago de más de 600 mil pensiones de RRVV, más de 2,5 millones de seguros de vida y 7 millones de coberturas complementarias de salud, así como las coberturas del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) que protege a todos los trabajadores que cotizan en una AFP.
El Presidente de la Comisión para el Mercado Financiero, Joaquín Cortez, acompañado del Consejo de la CMF, expuso hoy en la Comisión Especial Investigadora de la Cámara de Diputados que analiza los actos del Gobierno en relación con la Ley 21.330 sobre anticipo de Rentas Vitalicias (RRVV).
La empresa argumentó que las disposiciones emitidas por la Comisión “privan, perturban y amenazan a la Compañía y a sus accionistas, en sus derechos constitucionales de no discriminación arbitraria, de propiedad -corporal e incorporal- y de libre emprendimiento económico lícito, así como el derecho a la honra, reconocidos a todas las personas en los números 2°, 24°, 21° y 4°, todos del artículo 19, de la Constitución Política de la República; vulnera normas y legislaciones actualmente vigentes” .
El recurso fue presentado ayer ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
El objetivo es que las entidades aseguradoras puedan iniciar la recepción de solicitudes de retiro desde la próxima semana.
El Vicepresidente de la CMF, Kevin Cowan, sostuvo en dicha instancia de la Cámara de Diputados que la iniciativa legal tiene importantes implicancias jurídicas y financieras. Subrayó que, a diferencia de los pensionados a través del sistema de AFP, en la modalidad de rentas vitalicias no existe una cuenta personal de fondos susceptibles de retiro.
Joaquín Cortez subrayó las características del sistema de rentas vitalicias, en el que una vez suscrito el contrato con el pensionado, los fondos provenientes del saldo en la AFP se traspasan a una compañía de seguros.
Dijo que las iniciativas en discusión en el Parlamento tienen potenciales efectos sobre la solvencia de las compañías y la estabilidad del mercado de RRVV, en caso de que las entidades deban asumir con cargo a su patrimonio el retiro de fondos.
Se trata de la modificación a la Norma de Carácter General N° 209, que imparte instrucciones relativas al análisis de suficiencia de activos que respaldan obligaciones de rentas vitalicias en compañías de seguro de vida.
Hasta el momento hay nueve asesores previsionales, que concentran la mayoría de los casos intermediados por asesores, que se encuentran suspendidos. Las autoridades del rubro presentaron una denuncia ante el Ministerio Público, en base a la información recabada hasta el momento.
La transacción sólo incluye la operación de Rentas Vitalicias de SURA Asset Management Chile, y está sujeta a las aprobaciones de los reguladores locales durante los próximos meses.