La Comisión para el Mercado Financiero (CMF), en uso de las facultades que le confieren el numeral 1 del artículo 5° y el numeral 3 del artículo 20, del Decreto Ley N°3.538; los artículos 4, 5 y 8 de la Ley N°18.045; y, lo acordado por el Consejo de la Comisión en Sesión Ordinaria N°280 de 24 de marzo de 2022, ha estimado pertinente impartir las siguientes instrucciones.