inscripción de bonos perpetuos

​CMF: Aspectos a ser considerados para solicitudes de inscripción de bonos perpetuos a ser emitidos y colocados en el extranjero

CMF ha estimado necesario precisar algunos aspectos del procedimiento que deben seguir los bancos para la inscripción de los bonos sin plazo fijo de vencimiento o perpetuos a que se refiere el artículo 55bis de la Ley General de Bancos, en aquellos casos en que la emisión y colocación esté destinada a ser realizada íntegramente en el extranjero.La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) ha estimado necesario precisar algunos aspectos del procedimiento que deben seguir los bancos para la inscripción de los bonos sin plazo fijo de vencimiento o perpetuos a que se refiere el artículo 55bis de la Ley General de Bancos, en aquellos casos en que la emisión y colocación esté destinada a ser realizada íntegramente en el extranjero.En primer lugar, es pertinente aclarar que los requisitos y condiciones que deben cumplir las referidas emisiones, definidas en el Capítulo 21-2 de la Recopilación Actualizada de Normas (RAN) y su anexo, son igualmente aplicables a emisiones a ser efectuadas tanto en Chile como el exterior.