El máximo tribunal ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que determinó la improcedencia de la acción judicial del municipio. En tanto, desde la inmobiliaria aseguran que las obras se reanudarían en el curso de esta semana, con el proyecto avanzado prácticamente en un 80%.
En los próximos días la inmobiliaria, querellante en el caso, deberá presentar la acusación respectiva para dar inicio al juicio oral. Entre las pruebas se encuentran las que demuestran faltas graves a la probidad y transparencia por parte del alcalde Jadue, “configurándose con su proceder una clara desviación de poder y una torcida administración”.
Paralelamente, en la arista penal en la que Jadue se encuentra imputado por prevaricación, el juez de garantía informó a la Corte de Apelaciones que no concedió el sobreseimiento solicitado por el imputado, porque “no se puede dictar de manera definitiva que los hechos no son constitutivos de delito”.
“Los trabajadores afiliados al Sindicato N°1 deben continuar prestando servicios en forma normal y con su habitual compromiso”, indicó la sociedad. Sin perjuicio de lo anterior, “y en virtud de las conversaciones derivadas del proceso”, la empresa informó que se ha determinado derivar a su domicilio a los trabajadores mayores de 60 años y trabajadoras embarazadas a partir de ayer.
El Tribunal de Alzada de Concepción acogió el recurso de protección presentado por Enel Generacion dejando sin efecto el decreto del alcalde de Coronel que ordenó la clausura del vertedero de cenizas. Además, la Corte condenó en costas al municipio.
Fundación Defendamos la Ciudad, a través de su presidente Patricio Herman, interpuso ayer martes un recurso de protección en contra de la Directora de Obras Municipales (DOM) de Las Condes por no haber iniciado el proceso de invalidación de varios actos administrativos cursados a Inmobiliaria Mixto El Bosque SpA, brazo inmobiliario del Banco Santander.
Ello porque a juicio de los tribunales en la demanda no quedan acreditados los perjuicios originados a los fondos de pensiones por las repactaciones unilaterales.
En el primero de los cargos que se le imputaban al parlamentario, la votación fue de 27 a 1, mientras en el segundo delito, el desafuero se desechó por 19 votos a 9.
La segunda sala del tribunal de alzada confirmó este martes la multa de 1.500 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $70.599.000, dispuesta por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a Enel Distribución, tras los cortes del servicio que afectaron a 11 mil clientes en la comuna de Quilicura, en septiembre de 2016..
La instancia no acogió la petición de anular la sentencia del Juzgado del Trabajo de Valparaíso que había rechazado la demanda de tutela laboral por prácticas antisindicales contra el Servicio, con ocasión de una paralización de actividades entre el 24 de mayo y el 2 de junio del año pasado.
La instancia condenó a Movistar a pagar US$ 9 millones al proveedor de telefonía IP Voissnet, comercialmente conocida como Redvoiss, por considerar que impidió el desarrollo de la telefonía IP en Chile mediante la venta atada de su propia telefonía al acceso de banda ancha a Internet durante varios años. Contra la sentencia podría deducirse un recurso en la Corte Suprema.
El Consejo de Pueblos Atacameños y de la Asociación Atacameña de Regantes de Atacama presentaron la acción legal con el objetivo de dejar sin efecto el acuerdo que permite que SQM extraiga litio desde el salar de Atacama hasta el año 2030.
Corte de Apelaciones respaldó el acuerdo para una salida alternativa alcanzado entre la empresa y la Fiscalía, y que le implica a SQM el pago de $2.550 millones, de los cuales $900 millones van a beneficio fiscal y el resto será repartido entre varias fundaciones.