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María Pilar Navarro |
El abuso de las formas jurídicas y la simulación son figuras que el legislador positivizó en el Código Tributario chileno a través de la Ley N° 20.780 y que le permiten al Servicio de Impuestos Internos (en adelante, SII), previa sentencia favorable de un tribunal esté firme y ejecutoriada, prescindir de la forma jurídica utilizada por el contribuyente –real o aparentemente– recalificar los actos o contratos ejecutados o celebrados, y aplicar la tributación que habría correspondido de no mediar la actuación elusiva del contribuyente.
El estatuto general antielusivo que determinó la Ley N° 20.780, en el año 2014, estableció que en Chile la elusión tributaria la declara el Tribunal Tributario y Aduanero.