SP y CMF publican resolución conjunta que fija las comisiones máximas a ser pagadas por los fondos de pensiones

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Cmf

La Superintendencia de Pensiones (SP) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicaron una resolución conjunta que establece las comisiones máximas que podrán pagar los fondos de pensiones por las inversiones en cuotas de fondos mutuos, fondos de inversión y otros instrumentos financieros.

Lo anterior regirá para el período comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 45 bis del D.L. N° 3.500 de 1980, la resolución también fija el procedimiento para determinar las comisiones efectivamente pagadas a los fondos mutuos y de inversión nacionales y extranjeros, títulos representativos de índices y otros títulos definidos en el Régimen de Inversión de los Fondos de Pensiones.

Además, establece la forma y periodicidad en la que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) deben devolver a los fondos de pensiones las comisiones pagadas en exceso.

Según la resolución conjunta N° 26 en el caso de la SP y N° 4.011 de la CMF, las comisiones máximas expresadas en porcentaje y en términos anualizados que podrán ser pagadas a cada tipo de fondo, con recursos de los fondos de pensiones, son las siguientes por tipo de inversión:


En Fondos mutuos extranjeros y nacionales y fondos de inversión nacionales (mobiliarios):

A1


Títulos Representativos de Índices Financieros:

A2


Activos Alternativos:

A3


Las comisiones máximas fijadas por la resolución publicada hoy no exhiben grandes variaciones en comparación al año anterior. En promedio, respecto del año anterior se observa una reducción de la comisión máxima de 2 puntos base para fondos mutuos nacionales y extranjeros y fondos de inversión nacionales; un aumento de 1 punto base en el caso de títulos representativos de índices financieros; y un incremento promedio de 7 puntos base en el caso de activos alternativos.

europapress