​¿Qué pasa con los Especialistas Clínicos de Dispositivos Médicos en la Ley de Fármacos II?

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Dispositivos mu00e9dicos (ADIMECH)


Un llamado a considerar las limitaciones al rol de los Especialistas Clínicos de dispositivos médicos, que impone el artículo 129 p del proyecto de Ley de Fármacos II, hizo la Asociación de Dispositivos Médicos de Chile (ADIMECH).

Así lo señaló la gerente general de ADIMECH, Gabriela Garnham, asociación gremial que siempre ha abogado por una regulación de dispositivos médicos acorde a los estándares y experiencia internacionales.

La Ley de Fármacos II, que regulará tanto al sector farmacéutico como de dispositivos médicos, ya se encuentra en su recta final, aún en el contexto de pandemia que actualmente vivimos. “El proyecto de ley, en el artículo 129 p, incluyó en la categoría de visitador médico a los especialistas clínicos de dispositivos médicos, enunciando que podrán desarrollar su actividad en los establecimientos de salud, sólo ante el Comité de Farmacia o de Abastecimiento o previa aprobación expresa de la dirección del establecimiento, a través de una resolución fundada”, explica la representante gremial.


¿Quién es el especialista clínico de dispositivos médicos?

Tal como está redactado el artículo 129 p, se evidencia un desconocimiento sobre el rol del especialista clínico de dispositivos médicos en nuestro sistema de salud.

¿Sabe usted quién es y cuál es su trabajo? El especialista clínico tiene una multiplicidad de roles, los que están orientados a brindar acompañamiento técnico/clínico en el continuo del ciclo de vida de los dispositivos médicos

“Puede ser un profesional de la salud que ofrece asesoría técnica/clínica en terreno al equipo que utiliza los dispositivos médicos (DM), como médicos, enfermeras o tecnólogos médicos, por nombrar algunos, en instituciones de salud. El especialista clínico es quien los capacita, entrega soporte, asistencia y asesoría en su uso y manutención, incluso en pabellón, durante la realización de un procedimiento quirúrgico. Todo ello para optimizar los resultados clínicos, brindando una atención de calidad para el paciente en el uso de la tecnología médica”, añade Gabriela Garnham.

Como encargado de la actualización clínica, es un profesional altamente especializado que ejecuta instancias formativas con los equipos clínicos, de tal manera de velar por el uso seguro y eficaz de los DM. También puede ser un ingeniero/técnico que estará presente en todo el ciclo de vida de los dispositivos médicos, entregando una asesoría integral, ya sea en la implementación, prevención o corrección de los DM utilizados en distintos servicios clínicos o terapéuticos, siguiendo los protocolos administrativos y técnicos de los respectivos centros hospitalarios.

Según Gabriela Garnham, considerando que los especialistas clínicos cumplen un rol diferente al visitador médico, el que busca brindar apoyo del equipo de salud para mejorar el cuidado del paciente, “el artículo 129 p se convierte en una barrera burocrática que podría poner en riesgo la salud de las personas, así como también a la seguridad del personal que los utiliza”.

ADIMECH ha colaborado permanentemente con la autoridad sanitaria y diversos actores del sector salud del país para generar mejores estándares regulatorios, acordes a la experiencia internacional, ajustados a la necesidad local y con rigurosos lineamientos éticos.

“Por esta razón, no podemos dejar de advertir sobre la importancia de diferenciar entre el sector farmacéutico y el de dispositivos médicos. Una diferencia que no solo puede impactar a los profesionales de la salud, sino que a la seguridad y calidad de atención que se les brinda a los pacientes”, finaliza la gerente general de la asociación gremial.



europapress