Desembolsos por retiros de fondos alcanzan los US$33.320 millones, 73% de las liquidaciones por deudas de alimentos se encuentra pagado

|

A1

Según el balance de la Superintendencia de Pensiones, hasta el pasado viernes 5 de febrero, las administradoras de fondos de pensiones (AFP) habían pagado, entre el primer y el segundo retiro de fondos previsionales, un total de US$ 33.320 millones.

De acuerdo con los datos reportados por las AFP, los afiliados y beneficiarios que han solicitado sus ahorros desde sus cuentas de capitalización individual obligatoria en el primer retiro de fondos suman 10.553.145, de los cuales, el 97,6% ya cuenta con sus recursos, esto es 10.300.118 personas.

Para el segundo retiro, en tanto, las personas que han solicitado sus ahorros son 7.411.122. De éstas, 7.046.367 ya recibieron sus dineros, lo que equivale al 95,1%.

Respecto de los montos pagados por retiro, el balance de la Superintendencia de Pensiones, con datos de las AFP, muestra que en el primer proceso se han desembolsado US$ 19.305 millones, con un monto promedio pagado por afiliado o beneficiario de $ 1.385.052.

En el segundo proceso, por su parte, los pagos suman US$ 14.015 millones ($ 10.357.012 millones), mientras que el monto promedio pagado por persona es de $ 1.469.837.

Estado de pagos de liquidaciones por deudas de alimentos

Hasta este lunes, 8 de febrero, las AFP habían recibido desde los tribunales de familia la autorización para 202.816 liquidaciones de pago de pensiones de alimentos. De ésas, 148.084 liquidaciones ya se encuentran pagadas (73,01%).

En cuanto a los montos desembolsados por este concepto, las AFP han reportado una suma de US$ 224,6 millones, mientras que el monto promedio por liquidación judicial es de $ 1.117.411.

La Ley N° 21.295 que autorizó el segundo retiro de fondos también contempla la posibilidad de que las y los demandantes de pensión de alimentos pidan a los tribunales de familia que les autoricen a presentar directamente la solicitud de retiro de fondos desde las cuentas de

los afiliados demandados. Esta autorización se denomina subrogación y se solicita sólo en tribunales, es autorizada por éstos y no por las administradoras de fondos de pensiones.


¿Qué es la subrogación?

El pago por subrogación es un derecho que la ley otorga a la o el demandante de pensión de alimentos para que realice directamente la solicitud de retiro de fondos previsionales desde la cuenta de capitalización individual obligatoria del demandado. El o la demandante pueden solicitar a través de la subrogación el monto de los retiros 1 y 2 autorizados y hasta el pago de la totalidad de la deuda de alimentos.

¿Dónde se solicita?

Es una gestión judicial que se debe realizar ante el tribunal de familia en que se tramita la causa de pensión de alimentos. Dicho tribunal deberá emitir una resolución autorizando el pago por subrogación, liquidando la deuda alimenticia y los datos de cuentas de la o el demandante de alimentos, para luego notificar a la AFP y que ésta proceda al pago.

¿Cuál es el plazo de pago?

La administradora tiene como plazo para pagar los fondos retenidos por deudas alimentarias los siguientes 10 días hábiles desde que vence el plazo que tiene el demandado para oponerse a la liquidación dispuesta por el tribunal o bien, si ha existido oposición, desde que la resolución que se pronuncia sobre el tema se encuentre firme y ejecutoriada.



europapress